Nicaragua. CIJ rechaza pedido nicaragüense de parar ayuda alemana a Israel

Resumen Latinoamericano, 30 de Abril de 2024

Sin embargo, el panel de 16 jueces se negó a desestimar el caso por completo, lo que significa que seguirá siendo escuchado en el tribunal.

La Corte Internacional de Justicia, el máximo tribunal de la ONU rechazó el martes una solicitud de Nicaragua para ordenar a Alemania que suspenda la ayuda militar y de otro tipo a Israel y renueve el financiamiento a la agencia de ayuda de la ONU en Gaza.

 

La Corte de La Haya dijo que no se cumplían las condiciones legales para emitir tal orden y rechazó la solicitud en una votación de 15 a 1.

Según secretario del presidente del tribunal Nawaf Salam, “basándose en la información fáctica y los argumentos jurídicos presentados por las partes, el tribunal concluye que, tal como están presentes, las circunstancias no son tales que requieran el ejercicio de su poder… para indicar medidas provisionales”.

Sin embargo, el panel de 16 jueces se negó a desestimar el caso por completo, lo que significa que seguirá siendo escuchado en el tribunal.

Salam dijo que el tribunal “sigue profundamente preocupado por las catastróficas condiciones de vida de los palestinos en la Franja de Gaza, en particular en vista de la prolongada y generalizada privación de alimentos y otras necesidades básicas a las que han sido sometidos”.

Alemania argumentó en las audiencias del caso que apenas ha exportado armas a Israel desde que comenzó la invasión contra Gaza.

Sin embargo, Nicaragua  alega que Alemania está permitiendo el genocidio al enviar armas y otro tipo de apoyo a Israel. El fallo del martes de la Corte Internacional de Justicia se refiere únicamente a órdenes preliminares en un caso que probablemente tardará años en resolverse.  

Israel, que no es parte en el caso entre Nicaragua y Alemania, niega rotundamente que su ofensiva contra Gaza constituya actos de genocidio e insiste en que está actuando en defensa propia.

A finales del año pasado, Sudáfrica acusó a Israel de genocidio ante el tribunal. Los casos se producen mientras los aliados de Israel enfrentan crecientes llamados para que dejen de suministrarle armas y mientras algunos, incluida Alemania, se han vuelto más críticos con la guerra.

En el caso presentado por Sudáfrica, la CIJ ordenó en enero a Israel que hiciera todo lo posible para evitar la muerte, la destrucción y los actos de genocidio en Gaza. En marzo, el tribunal emitió nuevas medidas provisionales ordenando a Israel que tomara medidas para mejorar la situación humanitaria en Gaza, donde los expertos dicen que una hambruna es inminente.

Fuente: TeleSURtv

Fallo de la CIJ: una de cal y otra de arena

La Corte Internacional de Justicia ha emitido hoy su orden sobre la solicitud de indicación de medidas provisionales presentada por Nicaragua en el caso relativo a las presuntas violaciones de ciertas obligaciones internacionales con respecto al territorio palestino ocupado (Nicaragua c. Alemania).

Nicaragua solicitó a la Corte que indicara medidas provisionales, a la espera de la resolución de la Corte sobre el fondo del caso, con respecto a la “participación de Alemania en el genocidio plausible en curso y las graves violaciones del derecho internacional humanitario y otras normas imperativas del derecho internacional general que se producen en la Franja de Gaza”.

En su auto, el Tribunal:

“Por quince votos contra uno,

Declara que las circunstancias, tal como se presentan ahora a la Corte, no son tales que requieran el ejercicio de su facultad, en virtud del artículo 41 del Estatuto, de indicar medidas provisionales.

A FAVOR: Presidente Salam; Vicepresidente Sebutinde; Jueces Tomka, Abraham, Yusuf, Xue, Bhandari, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant, Gómez Robledo, Cleveland, Aurescu, Tladi;

EN CONTRA: Juez ad hoc Al-Khasawneh”.

El Tribunal recuerda también su Auto de 26 de enero de 2024 y su Auto de 28 de marzo de 2024, dictados en el asunto relativo a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica contra Israel), en los que afirmaba que sigue profundamente preocupado por la situación en Gaza.

El Tribunal considera además que es «particularmente importante recordar a todos los Estados sus obligaciones internacionales relativas a la transferencia de armas a las partes en un conflicto armado, a fin de evitar el riesgo de que dichas armas puedan utilizarse para violar la Convención [sobre el Genocidio y los Convenios de Ginebra de 1949] [sobre Derecho Internacional Humanitario]», y que «todas estas obligaciones incumben a Alemania como Estado parte en dichos Convenios en su suministro de armas a Israel».

El Tribunal de Justicia reafirma asimismo que la resolución dictada en el presente procedimiento no prejuzga en modo alguno la cuestión de la competencia del Tribunal de Justicia para conocer del fondo del asunto ni las cuestiones relativas a la admisibilidad de la demanda o al fondo mismo. Deja intacto el derecho de los Gobiernos de Nicaragua y Alemania a presentar alegaciones respecto a dichas cuestiones.

Por último, el Tribunal de Justicia declara que, al no existir una incompetencia manifiesta, no puede acceder a la solicitud de Alemania de retirar el asunto del orden del día del Tribunal de Justicia.

El Vicepresidente SEBUTINDE adjunta una opinión separada al Auto del Tribunal; el Juez IWASAWA adjunta una opinión separada al Auto del Tribunal; los Jueces CLEVELAND y TLADI adjuntan declaraciones al Auto del Tribunal; el Juez ad hoc AL-KHASAWNEH adjunta una opinión disidente al Auto del Tribunal.

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