Perú. Pleno del Congreso aprueba eliminación de la inmunidad parlamentaria en segunda votación

Resumen Latinoamericano, 9 de febrero de 2021

Con 103 votos a favor, 14 en contra y 1 abstención, el Pleno del Congreso aprobó la reforma constitucional que elimina la inmunidad parlamentaria en segunda votación.

El Pleno del Congreso aprobó la reforma constitucional que elimina la inmunidad parlamentaria en segunda votación. La votación quedó 103 votos a favor, 14 en contra y 1 abstención. La primera votación del texto sustitutorio del dictamen de los proyectos de ley 4475, 5849 y 6648 se dio el pasado 10 de diciembre. Aquella vez la votación tuvo un resultado similar a la de esta tarde: 103 votos a favor, 14 en contra y 3 abstenciones.

El encargado de sustentar el dictamen fue el nuevo presidente de la Comisión de Constitución, Luis Valdez (APP), quien expresó su confianza en que los votos serían a favor de la reforma. “Este Congreso eliminará la inmunidad parlamentaria enviando un mensaje claro y firme a aquellos políticos que tienen deudas con la justicia. Hoy día este Congreso confirmará su compromiso y empatía con la población, hoy día este Congreso se sacude de cualquier mancha de inmoralidad e impunidad en la percepción de nuestros ciudadanos”, indicó.

Durante el debate, el vocero de Alianza para el Progreso, César Combina, señaló que su bancada cumpliría con la promesa que le hizo a la ciudadanía de eliminar la inmunidad, la cual durante mucho tiempo fue utilizada para “escaparse” de actos ilícitos. “En APP desde el primer día prometimos eliminar la inmunidad parlamentaria y el día de hoy estamos cumpliendo esa promesa empeñada con la ciudadanía. Por años, la investidura parlamentaria ha sido buscada no solamente con la misión de ayudar sino para que muchos también puedan escaparse de los ilícitos que han cometido y mofarse de la justicia”, resaltó.

Por su parte, Otto Guibovich (Acción Popular) manifestó que este Parlamento ha abordado reformas “postergadas”, pese a tener “corta duración”. “Hemos enfrentado reformas políticas que mucho tiempo estaban postergadas y lo hemos hecho con la convicción, sabiendo que éramos un Congreso de corta duración, pero no podíamos esconder más temas que eran prioritarios para la Nación”, manifestó.

A su turno, Gino Costa (Partido Morado) remarcó la necesidad de aprobar esta reforma constitucional, que fue objeto “de abuso” de parte de otros legisladores “Esa es una reforma constitucional importante, necesaria y urgente porque esta figura como la inmunidad ha sido objeto de abuso por sucesivos congresos, afectando la imagen de la institución parlamentaria y convirtiéndose en uno de los peores rostros de la corrupción política y congresal”, comentó.

Quien se mostró en contra de la reforma constitucional fue el congresista José Vega (Unión por el Perú), quien expresó su disconformidad con el dictamen ya que no incluye al presidente de la República ni a los ministros. “Estamos aprobando a medias porque el expresidente de la comisión [Omar Chehade] sabe muy bien que nosotros planteamos [incluir] a presidentes y ministros, pero no lo acogió, él quiso imponer su propuesta”, cuestionó.

Ya es ley

Esta iniciativa legislativa modifica el artículo 93 de la Constitución Política para darle a la Corte Suprema la competencia para procesar por delitos comunes e imputados a congresistas durante el ejercicio de su mandato. El texto, ingresado por Omar Chehade, señala que los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) y el Defensor del Pueblo tienen “las mismas prerrogativas que los congresistas“, algo que no se encontraba en el dictamen previamente aprobado en dicho grupo de trabajo.

De esta manera quedaría el referido artículo de la Carta Magna tras su aprobación en segunda votación en el Pleno: 

Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.

No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los magistrados del Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo, gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas.

El procesamiento por la comisión de delitos comunes e imputados a congresistas durante el ejercicio de su mandato, es competencia de la Corte Suprema de Justicia.

En caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato, es competente el juez penal ordinario”.

FUENTE. La Mula

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