El Salvador. Preocupantes actos de censura

Resumen Latinoamericano, 23 de junio de 2021.

El pasado 7 de mayo un tribunal especializado en casos de violencia contra la mujer ordenó a la revista GatoEncerrado retirar de su página web y redes sociales la nota informativa “Nuevo fiscal Rodolfo Delgado enfrenta un proceso por violencia intrafamiliar”, alegando que el caso “tiene reserva” y que “por ley se debe proteger a la víctima”.

Poco más de un mes después, el 14 de junio, el Juzgado Primero de Paz de Santa Ana hizo lo mismo con la revista Factum: la obligó retirar de todas sus plataformas el reportaje “Asesino de Chalchuapa confiesa cómo mataron a trece víctimas durante el último año”, repitiendo el argumento de la “reserva del caso” y supuesta “contravención a la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia hacia las Mujeres (LEIV)”.

Y la semana pasada un juzgado mercantil ordenó a Diario Co Latino retirar una publicación relacionada con una demanda judicial de la empresa QUIMAGRO contra el Banco Cuscatlán, debido a que el proceso judicial tiene “reserva de publicidad”. Esa misma orden le fue dada a otros medios digitales que también publicaron sobre el referido caso.

Estos tres hechos advierten claramente sobre un eventual proceso de “institucionalización de la censura” por instancias del Sistema Judicial del país, probablemente debido a poderosos intereses políticos y económicos.

En el primer caso, la nota de GatoEncerrado afectaba la imagen del fiscal general impuesto por la mayoría parlamentaria oficialista que obedece órdenes de Casa Presidencial. Mientras que en el segundo, el reporte de Factum ponía en entredicho la narrativa gubernamental de la “reducción de asesinatos” y confirmaba el incremento de las personas desaparecidas, una realidad que es negada o minimizada por el Ejecutivo.

El caso de Factum es todavía más grave, pues la resolución judicial también establece censura previa, ya que ordenó a los periodistas del medio digital abstenerse de comentar información del caso en un foro virtual que realizarían posterior a la publicación. La censura previa está prohibida en el Artículo 6 de la Constitución y sólo está permitida para espectáculos públicos.

Esta censura judicial viene a agravar la ya deteriorada situación de la libertad de expresión, prensa e información en el país, caracterizada por descalificaciones, estigmatizaciones y otras vulneraciones contra periodistas y medios. Recientemente el ministro de Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, declaró en una entrevista radial que el gobierno monitorea y “da seguimiento a periodistas” que -según él- sobrepasan los límites éticos”.

Ojalá que la ciudadanía salga en defensa del periodismo crítico, pues está en juego su derecho a la información.

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