Cuba. Extracción ilegal de minerales: los «afiebrados» del oro y sus estragos

Entrada de una galería excavada por mineros ilegales dedicados a la extracción de oro. Foto: Germán Veloz Placencia

Por Yudy Castro Morales, Resumen Latinoamericano, 10 de junio de 2021. 

Un incendio, el más grande reportado en el Parque Nacional Alejandro de Humboldt, 1 896 hectáreas afectadas por las llamas, que caminaron bosque adentro, por un mes, y daños que tardarán una década en restañarse, confirmaron, acaso con ensañamiento, cuánto peligro entraña la minería furtiva.

Según las investigaciones, esa fue la causa del siniestro, a juzgar por las huellas encontradas en la zona, donde se inició el fuego; pero, lamentablemente, esas no son las únicas marcas ni esos los únicos hechos.

Desde 2013, explicó a Granma Juan Ruiz Quintana, director general de Minería, del Ministerio de Energía y Minas (Minem), la extracción ilegal de minerales ha mostrado una tendencia creciente, sobre todo en los lugares donde mayormente se concentran residuos de explotaciones antiguas de yacimientos de oro, coleras o donde existe oro aluvial, en las zonas centrales y orientales.

Debido a este comportamiento, informó, durante 2020 y hasta el cierre del primer trimestre de este año, como resultado de las inspecciones y operativos policiales, se ha actuado contra 115 personas naturales, vinculadas a la extracción ilegal de oro, fundamentalmente en las provincias de Guantánamo, Holguín y Las Tunas.

Más allá de los perjuicios económicos, añadió Ruiz Quintana, el mayor impacto estriba en las afectaciones al medio ambiente y sus recursos naturales: el suelo, los cuerpos de agua, así como la flora y la fauna, unido al impacto negativo sobre la seguridad y la salud de las personas, pues se han reportado varios accidentes en el ejercicio de estas actividades, algunos fatales, sin la observancia de ninguna norma técnica o legal.

¿QUÉ DICE LA LEY?

De un lado, la Constitución y, del otro, la política minera de 2018, así como la Ley No. 76, Ley de Minas, de diciembre de 1994 y su Reglamento, el Decreto 222, garantizan la protección, el desarrollo y el aprovechamiento racional de los recursos minerales en función de los intereses de la nación.

La propia Carta Magna, en su Artículo 23, dispone que, entre otros recursos, «son de propiedad socialista de todo el pueblo los yacimientos minerales y las minas».

Por ello, para explotarlos, sean del tipo que sean, se requiere una concesión minera, que tramita la Oficina Nacional de Recursos Minerales (ONRM) y otorga el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros o el titular del Minem, en dependencia del mineral en cuestión.

Aunque la extracción ilegal de recursos minerales puede tipificar como delito y enfrentarse por la vía penal, puntualizó el máster Maddyel Reyes de Armas, director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, también constituye una contravención, por la que pueden imponerse multas y el decomiso de los minerales e instrumentos que sirvieron para cometer la infracción.

Pero el castigo, por muy severo que resulte, no puede revertir los daños, de ahí que la medida más efectiva sea prevenirlos. Y, con ese fin, comentó el directivo, existe un plan gubernamental para la prevención y enfrentamiento a los delitos e ilegalidades que afectan los recursos naturales, liderado por el Ministerio del Interior.

Además, agregó que, a nivel territorial, hay grupos de trabajo para enfrentar las ilegalidades, entre ellas, las explotaciones furtivas, integrados por autoridades mineras, medioambientales, de recursos hidráulicos, la Policía, Guardabosques, y la Fiscalía, entre otros, bajo la dirección de representantes de los gobiernos locales.

Justamente, a juicio de Reyes de Armas, fortalecer la labor de estos equipos y dotarlos de los recursos materiales y humanos necesarios, así como de herramientas organizativas que posibiliten un desempeño más eficiente y sistemático, constituye uno de los desafíos actuales.

No en vano, aumentar la sistematicidad y el rigor de la fiscalización y el control de la Oficina Nacional de Recursos Minerales a la minería ilegal en todo el país, con el apoyo de estos grupos de enfrentamiento y, al mismo tiempo, incrementar las acciones de capacitación, figuran entre las directrices de trabajo del Minem que, «si bien han avanzado, lo han hecho a un ritmo insuficiente», aseguró el Director General de Minería del Minem.

Otra línea de acción, acotó, que no ha tenido los resultados esperados, aunque se han dado pasos, ha sido la actualización del inventario de las áreas con presencia de minería ilegal, que incluye, entre otros aspectos, el tipo de mineral objeto de la ilegalidad.

Hizo referencia, además, a la tarea relacionada con la valoración y proposición de las modalidades u otras formas de gestión para organizar la actividad de minería artesanal, de modo que permita aprovechar esos recursos minerales de forma viable, segura y ambientalmente sostenible.

En ese sentido, Ruiz Quintana reiteró que Cuba, como parte del perfeccionamiento del trabajo con las nuevas formas de gestión no estatal, aprobó la minería artesanal para piedra, con destino a la construcción, arena y arcillas, pero no se incluyó otro tipo de explotación minera.

Sobre este particular, dijo que, a pesar del trabajo conjunto con el Ministerio de Economía y Planificación, el Instituto de Planificación Física y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en pos de lograr la norma jurídica que flexibilice el otorgamiento de la microlocalización a personas naturales para realizar actividad minera, todavía no se ha materializado.

En tanto, reforzar el control en los territorios sigue siendo la vía más efectiva para poner freno a la minería furtiva, cuyos estragos pueden provocar, en ocasiones, daños irreversibles.

Tomado de Granma.

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