Guatemala. PEPSICO violenta los derechos laborales de los trabajadores

Por Sitrafritolay. Resumen Latinoamericano, 16 de marzo de 2021.

La empresa PEPSICO anunció que comenzaría el 2021 con nuevos bríos, en una publicación en el mes de diciembre de 2020 en El Periódico, anunció la inversión de 70 millones de dólares, para innovar en su línea de producción y en un nuevo centro de distribución. Pero los bríos no llegaron cuando se trata de derechos laborales. 

La empresa transnacional PEPSICO en Guatemala, no respeta los derechos laborales, ni las leyes laborales nacionales, así lo expresó el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Grupo Frito Lay y Compañía Limitada SITRAFRITOLAY- a través de un documento de denuncia pública, el día 15 de marzo de 2021.

En 2017 Carlos Enrique Mata, presidente ejecutivo de CBC-PEPSICO en ese entonces, afirmó en un documento publicado en su página web, que la empresa está comprometida con los 10 Principios del Pacto Global de las Naciones Unidas, además que son respetuosos del derecho de asociación y negociación colectiva de sus “colaboradores”, en relación a los trabajadores de la empresa.

En las instalaciones centrales de esta empresa, ubicadas en la Calzada San Juan en la zona 7 del departamento de Guatemala, los agravios de la empresa se siguen acumulando, actualmente violenta el Pacto Colectivo de los trabajadores. Para los miembros del sindicato la empresa PEPSICO mantienen las relaciones y condiciones laborales de forma precaria, esto con el objetivo de limitar los derechos adquiridos por los trabajadores como se establece en las leyes nacionales, además de irrespetar y violentar el derecho a la libertad sindical.

El sindicato a través de un documento de denuncia pública señaló los principales derechos laborales que son irrespetados: 

ARTÍCULO 37. UNIFORMES DE TRABAJO:

Cada año en los meses de febrero y agosto, la Empresa entregará un juego de uniformes a cada trabajador(a) de las diferentes áreas, para uso exclusivo de trabajo. La Empresa se asegurará de hacer el requerimiento con la anticipación debida, para evitar demoras en la entrega. La limpieza y mantenimiento de los uniformes es responsabilidad del trabajador(a).

Cada juego de uniformes consistirá en:

  1. Dos pantalones y dos camisas, para el personal masculino.
  2. Dos blusas y dos pantalones para el personal femenino;

El sindicato denuncia que la empleadora PEPSICO, hace un cambio unilateralmente, quitándole las bolsas a los pantalones de todos los trabajadores y trabajadoras, no respetando el convenio colectivo. La finalidad del cambio que está realizando es para limitar la comunicación entre las filas del sindicato afectando directamente a todo el personal, cita el documento.

ARTÍCULO 39. ZAPATOS DE TRABAJO:

La empleadora proporcionará calzado de la mejor calidad posible y adecuada a la función de cada trabajador(a), el cual será repuesto contra la presentación de los mismos.

La entrega de zapatos se hará en los meses de febrero y agosto de cada año.

Todo trabajador está obligado a usar los zapatos y/o las botas de hule en su horario de trabajo exclusivamente.

En el pacto colectivo vigente, que fue firmado entre ambas partes, se establece que en los meses de febrero y agosto de cada año se entregará el calzado. Los trabajadores llegaron al mes de marzo y la empleadora Pepsico mantiene la negativa de entregar los zapatos (botas) a los trabajadores. Para los hombres y mujeres trabajadoras se les mantienen en condiciones precarias, esto los coloca en riesgo de su seguridad.

ARTÍCULO 10. LIBERTAD SINDICAL:

La Empleadora garantiza la libertad de sindicalización de los trabajadores. En tal sentido respetará el principio de la libre sindicalización y en consecuencia no podrá obligar a ningún trabajador a ingresar o separarse del Sindicato, tampoco podrá tomar medida alguna contra los trabajadores por afiliarse al Sindicato o permanecer afiliados al mismo, o por ejercer o haber ejercido un cargo sindical.

En consecuencia, la empresa reconoce al sindicato como el único y legítimo representante de los intereses de los trabajadores sindicalizados y por tanto impulsará una política de respeto a la libertad sindical que incluya: ninguna práctica o acto de cualquier tipo que implique discriminación sindical; no apoyar ninguna forma de organización de trabajadores que implique fomento a intereses contrarios a los del sindicato en congruencia con el artículo 2 del convenio 98 de la OIT; y la negociación colectiva.

“Manifestamos que no cumple con lo regulado en este artículo tomando una serie de represalias contra SITRAFRITOLAY tratando de limitar la libre sindicalización hacemos públicamente que PEPSICO no respeta las leyes locales.” expresó el sindicato.

ARTÍCULO 6. ESTABILIDAD LABORAL:

La empresa Grupo Frito Lay y Compañía Limitada, podrá dar por finalizados los contratos de trabajo por cualquiera de las formas establecidas en la ley; en el caso de despido justificado deberá cumplir con el proceso establecido en el Reglamento Interior de Trabajo.

La empleadora PEPSICO no cumple con lo pactado en este artículo, la empresa ha hecho despidos sin justificación alguna, estos casos se dan cuando un trabajador busca hacer valer sus derechos, manifestando que es una clara represalia a la organización sindical que existe a SITRAFRITOLAY.

Para el sindicato es preocupante que una empresa nacional o transnacional de la magnitud de PEPSICO, con presencia en muchos países no respete los derechos laborales de los guatemaltecos, esta empresa es dirigida a nivel de Latinoamérica por Antonio Ribeiro, el sindicato busca que la empresa pare de cometer abusos y cumpla con el Pacto Colectivo de inmediato. 

Fuente: Prensa Comunitaria

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