Nación Mapuche. La jueza Di Prinzio sigue adelante con la amenaza de desalojo del Lof kinxikew

Resumen Latinoamericano, 17 de diciembre de 2020.

La jueza Andrea di Prinzio sigue adelante con la medida de desalojo.

Texto definitorio:

Por todo ello RESUELVO:

I.- Rechazar in limine los pedidos de suspensión y
nulidad articulados a fs. 50/65 por la Comunidad Mapuche Lof
Kinxikew.-

II.- Sin imposición de costas atento que no fue necesario
sustanciar el planteo con la parte actora.

III.- PROTOCOLÍCESE digitalmente, NOTIFÍQUESE personal o
electrónicamente.

Proveyendo la presentación de fs. 67/68: Sin perjuicio de
que el INAI no es parte en el proceso, agréguese la nota
remitida, téngase presente y hágase saber a actora y demandada
que deberán estarse a lo resuelto precedentemente.


SOLIDARIDAD/ DENUNCIA

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y San Martín de los Andes, 17 de diciembre de 2020

A la opinión pública en general: Desde el Programa “Etnicidades y territorios en redefinición”, dependiente de la Sección Antropología Social del Instituto de Ciencias Antropológicas de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (ICA-FFyL-UBA), junto con el equipo de extensión “Pueblos indígenas…”, del “Centro de Innovación y Desarrollo para la Acción Comunitaria” (CIDAC), de la Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil (SEUBE), de la misma Facultad y la “Cátedra de Extensión Rural” del Asentamiento Universitario San Martín de los Andes, de la Universidad Nacional del Comahue (UNCo):

Deseamos repudiar el reciente fallo de la Jueza de Junín de los Andes Dra. Andrea di Prinzio Valsagna que ORDENA el DESALOJO de la Comunidad Kinxikew (Quintriqueo) y de la familia Melo asentada en el Lote pastoril N° 42 de la Colonia Nahuel Huapi, departamento Los lagos, provincia de Neuquén.

Convocamos a que se respete lo legislado y enmarcado en la Ley N° 26160 “de emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país” que prohíbe los desalojos de comunidades originarias y ordena la realización de un relevamiento territorial, que la provincia de Neuquén sistemáticamente ha incumplido, y del cual en el caso de la Comunidad Comunidad Kinxikew-Melo está pendiente efectuar.

No se puede categorizar este conflicto como si fuera una discusión entre agentes privados cuando se trata de una comunidad ancestral -cuya presencia está documentada desde antes de la Conquista del Desierto y la efectiva conformación de las diversas Instituciones- con la que las diferentes esferas del Estado han cometido los más violentos despojos con consecuencias dramáticas.

Tal es el caso de la muerte de Marcos Melo en el año 1966 en el territorio del que hoy pretenden desalojarlos, donde no está demás aclarar, se encuentran sepultadas tres generaciones de esta familia (como se desprende de diferentes trabajos realizados por investigadores de este Instituto).

Nos solidarizamos con las familias Quintriqueo y Melo y restantes familias mapuche y pobladores ancestrales de la región. Demandamos que se suspenda la orden de desalojo y que se cumplan los derechos de los pueblos originarios.

En definitiva, es imperioso hacer efectivo lo estipulado en el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, y todo el marco normativo nacional que atiende sus derechos, lamentablemente reiteradamente vulnerados.

La imagen puede contener: texto que dice "FILO:UBA Facultad de Filosofia Letras FILO:UBA Facultad Filosofiay Universidad Buenos/ iAம Instituto eCiencias FILO:UBA Hh Antropológicas Secretaria de Extension Universitaria Bienestar Estudiantil CIE 1972 CIDAC CENTROD INNOVACIÓNY DESARROLLO PARALAACCION.COMUNITARI COMUNITARIA Cátedra de Extension Rural AUSMA-UNCo REPUDIO FRENTE A LA ORDEN DE DESALOJO DE LA COMUNIDAD KINXIKEW Y DE LA FAMILIA MELO- LOTE PASTORIL N° 42, DEPARTAMENTO LOS LAGOS, PROVINCIA DE NEUQUÉN."

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