Paraguay. Denuncian graves irregularidades en la investigación de las muertes de las niñas argentinas a manos de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC)

Resumen Latinoamericano, 3 de diciembre de 2020.

«El Gobierno paraguayo debe permitir el trabajo de peritos forenses independientes», indicó la Ong internacional Human Rights Watch en un artículo en el que instó a contrastar la investigación oficial con la ofrecida investigación del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF). Lo hicieron señalando que “la acción del Estado debe ajustarse a los límites de la ley: toda muerte causada por fuerzas del Estado debe ser investigada de forma imparcial y con la mayor rigurosidad”. 

Aquí el texto:

Las autoridades de Paraguay destruyeron pruebas fundamentales relacionadas con la muerte de dos niñas argentinas de 11 años causada por agentes de fuerzas de seguridad del Estado y violaron tanto sus propios protocolos de investigación como normas internacionales de derechos humanos, dijo hoy Human Rights Watch. El gobierno de Paraguay debe garantizar una investigación de esas muertes de forma independiente, imparcial, transparente y sin demoras.

El 2 de septiembre de 2020, miembros de la Fuerza de Tarea Conjunta, una unidad de élite dirigida por las Fuerzas Armadas que incluye a policías y agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas, presuntamente mataron a Lilian Mariana Villalba y María Carmen Villalba durante un operativo contra un campamento del grupo armado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) en un área boscosa aproximadamente 360 kilómetros al noreste de Asunción. La madre de una de las niñas, que eran primas, dijo a Human Rights Watch que las niñas nacieron y vivían en Argentina pero se encontraban en el campamento visitando a sus padres, que son miembros del grupo armado.

“Hay graves irregularidades en la investigación”, señaló José Miguel Vivanco, director de la División de las Américas de Human Rights Watch. “El gobierno paraguayo debe permitir inmediatamente que peritos forenses argentinos realicen una autopsia y que ellos y los familiares de las víctimas tengan pleno acceso a las evidencias recogidas. Cuanto más se demore el gobierno, más probabilidades habrá de que desaparezcan posibles pruebas en los restos”.

Poco después de la operación, el presidente paraguayo, Mario Abdo Benítez, se trasladó hasta el campamento, describió el operativo como “exitoso en todos los sentidos” y dijo que dos mujeres miembros del EPP habían sido abatidas. Nadie más murió. Un agente de la Fuerza de Tarea Conjunta sufrió heridas leves.

Human Rights Watch revisó las declaraciones públicas de las autoridades sobre el caso y la evidencia disponible públicamente. En respuesta a un pedido de Human Rights Watch, el Grupo de Expertos Forenses Independientes (Independent Forensic Expert Group, IFEG) del Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura (International Rehabilitation Council for Torture Victims, IRCT), un grupo internacional integrado por reconocidos expertos forenses, elaboró un dictamen sobre algunos elementos de la investigación.

Human Rights Watch ha encontrado irregularidades graves en la investigación de las muertes desde su inicio, incluyendo las siguientes acciones por parte de las autoridades:

  • Se apresuraron a enterrar a las víctimas sin realizar una autopsia 
  • Quemaron las ropas de las víctimas 
  • Sostienen, en función de un examen forense que no es confiable, que una de las niñas de 11 años disparó un arma 
  • Hicieron una determinación sobre la distancia de disparo que no puede ser fundamentada con evidencia forense 
  • Le prohibieron a un representante de los familiares estar presente en un examen forense de los restos y le negaron acceso a la investigación

Onder Ozkalipci y Karen Kelly, dos peritos médicos forenses con una larga trayectoria internacional que forman parte del IFEG, concluyeron que la destrucción de la ropa de las niñas “representa la destrucción de evidencia crucial que viola los principios más básicos y fundamentales forenses y de la investigación penal”.

Las normas internacionales que exigen la investigación efectiva de todos los casos de muertes causadas por fuerzas del Estado requieren la preservación de estas pruebas. El director de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público de Paraguay, Pablo Lemir, dijo en una entrevista de radio el 7 de septiembre que las ropas son “fundamentales para el trabajo criminalístico” y deben preservarse conforme al propio protocolo del país.

Cristian Ferreira, el perito forense paraguayo que examinó los cuerpos en el lugar de los hechos, dijo a los medios de comunicación que a las niñas les dispararon de frente y luego de espaldas y de costado, y que los cuerpos quedaron boca abajo en el suelo. “La posición en que quedaron los cuerpos nos indica en que evidentemente estaban huyendo ambas [las niñas]” de las fuerzas del Estado que atacaban el campamento, dijo el experto. Las autoridades no han divulgado ninguna imagen de los cuerpos tal como fueron encontrados.

Ferreira dijo que, en función de su examen externo de las heridas, las víctimas habían recibido disparos desde una distancia de entre 10 y 20 metros. Sin embargo, los dos expertos del IFEG dijeron que el análisis forense no puede determinar una distancia de disparo superior a aproximadamente 1,5 metros, dado que “los disparos efectuados desde 1,5, 50 o 150 metros producen orificios de entrada con aspectos idénticos”.

La policía realizó una prueba de parafina para identificar residuos de disparos en las manos de las víctimas y así determinar si habían disparado un arma. Un fiscal dijo que el resultado fue positivo para una de las niñas y negativo para la otra. Pero los expertos del IFEG afirman que las pruebas de parafina no son confiables y que su valor es “marginal en el mejor de los casos”, dado que varias sustancias pueden producir un resultado positivo, incluyendo frijoles, lentejas y otras plantas leguminosas, orina, fertilizante, tabaco, esmalte de uñas, jabón e, incluso, agua del grifo.

El gobierno paraguayo insistió durante días en que la edad de las víctimas era mucho mayor que la verdadera, a pesar de las pruebas proporcionadas por sus familiares y corroboradas por el gobierno argentino. Debido a la controversia acerca de sus edades, las autoridades paraguayas exhumaron los cuerpos y, tras un análisis de ADN y de muestras óseas, Lemir confirmó que las niñas tenían 11 años.

Tras el examen de los restos, Lemir indicó que una de las niñas había recibido siete disparos, de frente, de espaldas y de costado, mientras que a la otra le habían disparado dos veces, de frente y de costado.

Una abogada que representa a la familia de las víctimas manifestó a Human Rights Watch que las autoridades no le permitieron estar presente durante un examen forense realizado el 5 de septiembre y que han seguido negándole el acceso a la investigación, lo cual viola estándares internacionales de derechos humanos.

El 15 de septiembre, el gobierno argentino solicitó que Paraguay autorizara al Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), a exhumar los cuerpos y realizar una autopsia. No han recibido tal autorización hasta el momento. Los dos expertos del IFEG recomendaron exhumar los cuerpos “sin dilaciones” para preservar cualquier evidencia que quede, dado el deterioro de los restos por el paso del tiempo.

El 9 de septiembre, la Coordinadora de Derechos Humanos de Paraguay (Codehupy), una coalición de organizaciones de derechos humanos, envió una carta al Congreso de Paraguay en la cual solicitó que se creara una comisión para investigar el caso. El Congreso aún no ha respondido, según indicó la coalición. Human Rights Watch apoya esa petición.

Las obligaciones internacionales de derechos humanos asumidas por Paraguay exigen que lleve a cabo investigaciones oportunas, exhaustivas e imparciales de muertes atribuibles a agentes del Estado. El estándar internacional para realizar autopsias y otros análisis forenses es el Manual de las Naciones Unidas sobre la Prevención e Investigación Eficaces de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias o Sumarias, conocido como el Protocolo de Minnesota. Las autoridades paraguayas no han cumplido con los pasos de investigación básicos establecidos en ese protocolo, señaló Human Rights Watch.

Información sobre la operación

El 2 de septiembre de 2020, alrededor de las 10 a.m., la Fuerza de Tarea Conjunta, una unidad de élite dirigida por las Fuerzas Armadas que incluye a policías y agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas, llevó a cabo un operativo contra un campamento del grupo armado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) en un área boscosa de Yby Yaú, un municipio ubicado aproximadamente 360 kilómetros al noreste de Asunción, la capital de Paraguay.

La operación fue el resultado de “casi ocho meses de trabajo de inteligencia”, indicó más tarde el general Héctor Grau, comandante de la Fuerza de Tarea Conjunta. Un vocero de la Fuerza de Tarea también señaló que contaba con un agente infiltrado en la zona y que el operativo “[fue] producto de un trabajo de inteligencia de hace tiempo, no fue un encuentro casual”. Los funcionarios no explicaron si, gracias a ese trabajo de inteligencia, sabían que había niñas en el campamento.

Poco después de la operación, el presidente paraguayo, Mario Abdo Benítez, indicó que dos mujeres miembros del EPP habían sido abatidas. Las autoridades no especificaron cuántas personas más había en el campamento. Todas ellas huyeron tras la operación, dijo Grau. Las autoridades tampoco han divulgado cuántos agentes del Estado participaron ni qué armas usaron.

Destrucción de evidencia crucial

Tras el tiroteo, las autoridades trasladaron los cuerpos a un centro de salud público. Los medios paraguayos publicaron dos fotografías de las víctimas en el centro, en las que se ven sus rostros y parte de sus cuerpos. Se ve a las niñas usando indumentaria militar que parece nueva y limpia. En los uniformes no se distinguen orificios de bala ni manchas de sangre. En cambio, los rostros y las manos de las niñas están sucias y presentan manchas de sangre.

En una conferencia de prensa realizada el 3 de septiembre, el general Grau sostuvo que “las autoridades jurisdiccionales y el médico forense” decidieron enterrar los cuerpos ese mismo día, siguiendo un protocolo para limitar la propagación del Covid-19. Un fiscal afirmó que quemaron las ropas de las víctimas por el mismo supuesto motivo. El gobierno no indicó que las niñas tuvieran Covid-19, ni siquiera que existiera alguna sospecha de que estuvieran contagiadas.

Al contrario de lo que declararon esas autoridades, el protocolo del Ministerio de Salud sobre Covid-19 no aplica a este caso, puesto que indica expresamente que en casos de muerte violenta se debe emplear el protocolo de medicina forense del Ministerio Público. E incluso si las autoridades aplicaron erróneamente el protocolo del Ministerio de Salud, este no ordena el entierro inmediato ni la destrucción de la ropa de fallecidos.

Las autoridades no quemaron ropas adicionales, sábanas, paquetes de alimentos y otros objetos encontrados en el campamento, los cuales mostraron a los medios el 3 de septiembre. No explicaron por qué manejaron la ropa de las víctimas de manera distinta.

El director de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público, Pablo Lemir, dijo en una entrevista de radio el 7 de septiembre que el protocolo aplicable a este caso y a cualquier otra muerte violenta durante la pandemia requiere que se preserve la ropa y toda evidencia adicional, así como esperar “un tiempo prudencial” antes de examinarlas. Lemir dijo que las ropas “son fundamentales para el trabajo criminalístico”.

Cristian Ferreira, el perito forense que visitó el lugar el día del tiroteo, dijo el 3 de septiembre que no realizó una autopsia antes de que las víctimas fueran inhumadas porque “no hubo necesidad”. Lemir lo contradijo más tarde, cuando manifestó que el protocolo establece que se deben refrigerar los restos por 24 horas y luego realizar una autopsia.

Las autoridades insistieron falsamente en que las niñas eran mayores

En la conferencia de prensa del 3 de septiembre, Ferreira dijo que una de las víctimas tenía 15 años y la otra “17 o 18” años. Al día siguiente, familiares proporcionaron a medios locales los documentos de identidad argentinos de las víctimas, los cuales muestran que se trataba de las primas Lilian Mariana Villalba y María Carmen Villalba, ambas de 11 años. El gobierno de Argentina confirmó esa información y exigió a Paraguay que investigara el caso e identificara a los responsables de las muertes.

El general Grau respondió que las familias proporcionaron datos falsos para esos documentos de identidad, pero no presentó ninguna prueba para respaldar sus declaraciones. El gobierno paraguayo insistió en que las niñas no tenían 11 años.

Debido a la controversia acerca de sus edades, las autoridades paraguayas exhumaron los cuerpos y los trasladaron a Asunción, donde Lemir llevó a cabo un examen forense el 5 de septiembre. Lemir indicó que el objetivo era determinar la edad de las niñas, pero también tomó muestras de tejido, examinó las heridas y recolectó fragmentos de balas. Los análisis de ADN y de muestras óseas confirmaron que las niñas efectivamente tenían 11 años, señaló.

Prueba no confiable de detección de restos de disparos

Ferreira dijo que encontró los cuerpos de las dos niñas boca abajo. Afirmó creer que les habían disparado mientras escapaban. También dijo que una de las niñas sostenía una pistola y que la otra tenía una pistola y un arma larga. Las autoridades no han divulgado fotografías de los cuerpos en las condiciones en las que fueron encontrados. Ferreira dijo que trasladaron los cuerpos a la clínica de salud pública de Yby Yaú y que allí los registraron y encontraron “casi 200 municiones” en los bolsillos de cada niña.

Un fiscal señaló que una prueba de parafina reveló que una de las niñas había disparado un arma, mientras que la otra no. Pero las pruebas de parafina no son confiables, según expertos del IFEG, dado que existen otras sustancias además de los restos de disparos que pueden arrojar un resultado positivo. Esos expertos señalaron que los tribunales de Estados Unidos y Europa no aceptan esta prueba como evidencia desde el año 1959.

El fiscal dijo que una de las niñas había disparado un arma de 9 milímetros. Sin embargo, las autoridades no han presentado esa arma públicamente ni han hecho público un análisis de balística de esa arma o ninguna otra encontrada en el campamento que pudiera indicar si presuntos miembros del EPP las habían disparado. Las autoridades tampoco han dicho si confiscaron las armas utilizadas por agentes del Estado ni si realizaron análisis de balística de esas armas. Dicho análisis podría ayudar a determinar las circunstancias del incidente; por ejemplo, quiénes dispararon y de qué armas salieron las balas que mataron a las niñas.

Falta de transparencia

Si bien las autoridades han iniciado una investigación, la información que han dado a conocer acerca de la misma es muy poca y sumamente selectiva. Dijeron que no hay grabaciones de video de la operación. Tampoco han dado a conocer si los fiscales han entrevistado a los agentes que participaron ni si se ha hecho algún análisis de balística de sus armas.

Una abogada que representa a la familia de las víctimas dijo a Human Rights Watch que las autoridades no les permitieron ni a ella ni al cónsul argentino en Paraguay estar presentes durante el examen de los cuerpos el 5 de septiembre.

La abogada también solicitó acceso a la documentación sobre el caso. En una respuesta fechada el 25 de septiembre, un fiscal denegó el acceso, aduciendo que las autoridades paraguayas primero debían confirmar si las víctimas eran verdaderamente la hija y la sobrina de Myriam Viviana Villalba, la persona representada por la abogada. En una respuesta del 28 de septiembre a otra solicitud, otro fiscal denegó el acceso, diciendo que las autoridades paraguayas primero debían determinar si el poder de representación de la abogada, firmado en Argentina, era legal en Paraguay, y si la autenticación del cónsul argentino en Paraguay era válida. Tres meses después de las muertes, las familias siguen sin tener acceso al expediente del caso.

El gobierno paraguayo acusó al EPP de utilizar a las primas como niñas soldado y “escudos humanos”. Los familiares dijeron que sus padres eran miembros del grupo armado, pero negaron que las niñas también lo fueran. Indicaron que las niñas habían vivido en Argentina toda su vida y viajado a Paraguay en noviembre de 2019 para encontrarse con sus padres por primera vez. Las niñas no pudieron regresar a Argentina después de que Paraguay impusiera estrictas restricciones a la circulación para contener la propagación del Covid-19, según indicó a Human Rights Watch Myriam Villalba, madre de una de ellas y tía de la otra.

La obligación de Paraguay a investigar y proporcionar información

El derecho a la vida, según lo establecido en el derecho internacional —incluyendo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos, de los cuales Paraguay es parte—, obliga a los Estados a abstenerse de la privación arbitraria de la vida y a investigar de forma efectiva todas las muertes en las que el Estado se encuentre implicado. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dispuesto que los Estados deben establecer “un sistema de justicia efectivo capaz de investigar, castigar y dar reparación por la privación de la vida por parte de agentes estatales o particulares”.

El Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas, que establece estándares para la investigación de muertes causadas por agentes del Estado, indica que la obligación de investigar es “una parte esencial de la defensa del derecho a la vida”. Las investigaciones y los enjuiciamientos “son esenciales para prevenir futuras vulneraciones y promover la rendición de cuentas, la justicia, el derecho a la reparación y la verdad, así como el Estado de derecho”, señala el protocolo.

El protocolo se elaboró inicialmente para complementar los Principios de la ONU relativos a una Eficaz Prevención e Investigación de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias y Sumarias, los cuales establecen estándares jurídicos internacionales para prevenir e investigar el posible uso ilegal de la fuerza letal. Esos principios establecen que la investigación de dichos casos debe ser “exhaustiva, inmediata e imparcial” y conducir a una determinación sobre si la fuerza empleada era justificada según las circunstancias, así como a la identificación y castigo de los responsables.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha determinado que los funcionarios tienen la obligación de proporcionar a la familia de las víctimas “pleno acceso y capacidad de actuar, en todas las etapas e instancias de dichas investigaciones”. De manera similar, los Principios de la ONU relativos a una Eficaz Prevención e Investigación de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias y Sumarias indican que las familias de las víctimas y sus representantes legales deben tener acceso a “toda la información pertinente a la investigación”.

El Protocolo de Minnesota también establece que las investigaciones sobre asesinatos cometidos por agentes del Estado deben ser transparentes y que, además del acceso a la investigación para los familiares de las víctimas, debe haber un cierto nivel de escrutinio público. Indica que “[c]ualquier limitación que se imponga a la transparencia debe tener un propósito estrictamente legítimo, como proteger la privacidad y la seguridad de las personas afectadas, garantizar la integridad de las investigaciones en curso y proteger información confidencial”. El protocolo deja claro que los Estados en ningún caso pueden restringir la transparencia de una manera que genere impunidad para los responsables de los abusos.

Estándares internacionales para las investigaciones forenses

Los Principios de la ONU relativos a una Eficaz Prevención e Investigación de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias y Sumarias establecen que las investigaciones deben incluir una “autopsia adecuada, la recopilación y análisis de todas las pruebas materiales y documentales y declaraciones de testigos”.

El estándar internacional para realizar autopsias y otros análisis forenses es el Protocolo de Minnesota, el cual proporciona pautas detalladas para producir adecuadas fotografías, radiografías, descripciones de heridas externas y su trayectoria, disección de tejidos, recolección de muestras de ropa y piel, y detección de residuos de disparos de armas de fuego en las manos de las víctimas, entre otros pasos necesarios.

Dado que las autoridades no han permitido el acceso a los informes forenses a las familias de las víctimas ni los han dado a conocer al público, no se sabe cuán completas fueron estas pericias. No obstante, las declaraciones públicas de las autoridades han revelado que no cumplieron con los pasos de investigación básicos dispuestos en el Protocolo de Minnesota, señaló Human Rights Watch.

Por ejemplo, el protocolo establece que el cuerpo de la víctima debe ser colocado en una bolsa para cadáveres siguiendo los procedimientos de la cadena de custodia y guardado en un lugar de almacenamiento refrigerado o fresco para frenar la descomposición.


El protocolo también instruye a los investigadores preservar cualquier evidencia, como residuos de disparos, colocando las manos de las víctimas en bolsas de papel selladas con cinta adhesiva, y fotografiar y preservar cualquier residuo de disparo para su análisis. Asimismo, el protocolo exige la preservación segura de todo material probatorio, incluyendo la ropa. El Protocolo de Minnesota establece, además, que los familiares deben tener derecho a que un representante esté presente durante la autopsia. 

Las autoridades paraguayas no siguieron ninguno de estos pasos.

Autores del informe del IFEG

El IFEG es un órgano internacional conformado por 42 destacados especialistas forenses independientes de 23 países que son reconocidos como referentes mundiales en la investigación médico legal de la tortura, los maltratos y las ejecuciones ilegales. El IFEG es coordinado por el Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura (International Rehabilitation Council for Torture Victims, IRCT). 

Onder Ozkalipci es miembro fundador del Grupo de Expertos Forenses Independientes (IFEG). Ha suministrado informes forenses a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Penal Internacional de las Naciones Unidas para la ex-Yugoslavia, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y otros organismos internacionales, así como a tribunales en diversos países. También es coeditor del Protocolo de Estambul, el estándar de la ONU para las investigaciones de tortura, y fue médico de detención del Comité Internacional de la Cruz Roja, una función que implicaba el examen de personas detenidas.

Karen Kelly es directora de Servicios de Medicina Forense y de Autopsia Hospitalaria y profesora adjunta en la Facultad de Medicina Brody de la Universidad de Carolina del Este, en Estados Unidos. Es exdirectora de Investigaciones de Decesos, Región IV, en Alabama, y experito médico en varios condados en Estados Unidos. Fue miembro de una misión que documentó lesiones causadas por ataques de Israel en Gaza en 2014 y es exconsejera de la Sección de Salud Internacional de la American Public Health Association. 

*Fuente: E’a

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