Argentina. “Los derechos humanos no se restringen, se garantizan”

Por RedEco, Resumen Latinoamericano, 07 de agosto de 2020.

Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, Regional CABA, manifestaron su rechazo al contenido de los anexos reglamentarios que restringe el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) de Nación en la Ciudad de Buenos Aires y exigen la efectiva implementación tal cual fue sancionado por mayoría el 16 de julio pasado en la Legislatura porteña.

“Los anexos presentados tienen restricciones inaceptables, que alteran el contenido de la ley. La reglamentación tiene por objetivo asegurar la ejecución de la ley: toda restricción del derecho es inconstitucional al avanzar el Poder Ejecutivo sobre el Poder Legislativo”, afirmaron desde la Campaña.

Agregan que estos anexos presentados por el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, “no respetan la labor y decisión legislativa, desoyen la voz ciudadana representada democráticamente e imponen restricciones que limitan el derecho universal al acceso de las Interrupciones Legales del Embarazo”.

Entre las restricciones incorporadas, la Campaña mencionaron, en primer lugar, que se establece la obligatoriedad de las consultas interdisciplinarias para garantizar el acceso a ILEs, un requisito que no está presente en el protocolo al que adhirió la Ciudad de Buenos Aires: “La interdisciplina supone un acompañamiento de mayor calidad y un apoyo fundamental para quien la solicite. Sin embargo, no puede ser un obstáculo para la práctica del aborto”.

En segundo lugar, los anexos indican un plazo respecto de la edad gestacional, incorporando exigencias que la Ley no contempla: “El Protocolo no determina plazos para la garantía del derecho a la ILE. El artículo 86 del Código Penal de la Nación, ratificado por el fallo FAL de la Corte Suprema en 2012, no incorpora plazo alguno para las causales establecidas”.

En tercer lugar, se anuncia que se establecerá la objeción de conciencia institucional: “El protocolo señala la objeción de conciencia individual. El derecho a la interrupción del embarazo, en tanto derecho humano a la salud, debe ser garantizado en todo el sistema de salud, sean instituciones privadas, de obras sociales o públicas”.

En cuarto lugar, el jefe de Gobierno afirmó: “En caso de controversias en referencia a la atención de niñas y adolescentes tempranas, se podrá dar intervención al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, como así también, cuando resulte necesario, al Ministerio Público Tutelar”. Al respecto, desde la Campaña aclararon que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya fue clara en el fallo F.A.L. en relación a la no judicialización de la práctica: “El Protocolo señala que ‘en caso de desacuerdo entre la niña y los/as progenitores/as, el equipo de salud es quien debe valorar la situación’ siempre respetando el interés superior del niño presente en el Código Civil de la Nación, la Ley 26.061 de Nación y la Ley 114 de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de CABA”.

Desde la Campaña advirtieron que ahora la Ciudad de Buenos Aires tiene una deuda con los derechos de las mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes: “La ILE ya es derecho, en este contexto de pandemia garantizarlo es una urgencia. Exigimos la implementación efectiva del protocolo aprobado, el acceso universal a los abortos legales (ILEs) sin dilaciones ni restricciones y la incorporación del derecho al aborto como contenido de la Educación Sexual Integral”.

Fuente: RedEco

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