Argentina. resumen gremial y social. ¿Llegó la hora de la Renta Básica Universal?/ Se perdieron 25 mil empleos en la Ciudad por la pandemia/ Suspensiones: demanda contra el acuerdo UIA-CGT por baja salarial … (Más info)

Resumen Latinoamericano, 13 de mayo de 2020 .-   Con información propia y de Mundo Gremial, Info Gremial, Noticias Gremiales, Gremiales del Sur, Corriente Sindical Federal, Canal Abierto, ANRed, Estado de Alerta y Agencias

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INFORME ESPECIAL

¿Llegó la hora de la Renta Básica Universal?

La pandemia aceleró el debate sobre qué mecanismos deben implementar los Estados para contener a los ciudadanos que el sistema descarta. Distintas experiencias en el mundo muestran resultados positivos desmintiendo supuestos efectos no deseados. En Argentina, ¿el IFE puede ser un punto de partida?

Redacción Canal Abierto | Primero, algunos datos para macerar la reflexión: en 20 años, el 40% de los puestos de trabajo (hoy ya escasos) habrán sido sustituidos por máquinas y software. El “triunfo del capitalismo” nos llevó a una situación en que ni el mercado ni los estados garantizan hoy un empleo para todas las personas, y los que hay no garantizan tampoco una vida digna. Aún en los países desarrollados, tener un ingreso salarial asegurado no garantiza no ser pobre. Cada vez son mayores las condiciones de precariedad, los despidos y los trabajadores bajo la línea de la pobreza… ni que hablar de aquellas y aquellos que ni siquiera tienen el oscuro privilegio de ser unos pobres trabajadores.

Si hablamos de desigualdad social y distribución de la riqueza, nunca en la historia de los homo sapiens (sí, los hombres que piensan: arrogante el nombre que nos pusimos) se asistió a tal estado de cosas: el 1% más rico de la población mundial tiene un patrimonio igual al del 99% restante.

Según la ONG internacional Oxfamla riqueza de las 62 personas más ricas del mundo aumentó de 2010 a 2015 en un 45%. En la actualidad, poseen la misma riqueza que la mitad más pobre de la población mundial, 3.600 millones de personas. En 2010 era el patrimonio de 388 personas el que era igual al de la mitad de la población mundial menos favorecida. A ese ritmo se concentra la suma de bienes y activos en pocas manos, así como el poder de cohersión de estos pocos sobre los Estados modelados a su sombra. Todo esto, además, sucede a una velocidad exponencial que ni leyes ni oposiciones políticas logran siquiera despeinar.

Resumiendo, un primer escenario nos muestra:

  1. destrucción del empleo, generador de ingresos -no riqueza- para la mayoría de la humanidad en el régimen capitalista;
  2. concentración de la riqueza en el 1% de la población (mayoritariamente varones);
  3. gobiernos cómplices que procuran satisfacer a sus patrones y Estados maniatados para brindar algo que se parezca a la dignidad a sus ciudadanos.

Estado de cosas: un modelo político-económico insostenible con una gobernabilidad amenazada al extremo.

Segundo escenario: la pandemia del COVID-19 declarada por la OMS el 11 de marzo paralizó la economía mundial a niveles inéditos. Desde esa fecha, paulatinamente, a medida que el virus y su consecuencia de muertes se propaga, la cuarentena y el parate económico que de ella devino dejan expuesto aún más el problema: extrema las desigualdades, agudiza la pobreza y jaquea la gobernabilidad. ¿Será el COVID-19 la gota que rebalse el vaso?

Aquí es donde comienza a tallar y se instala en el centro de los debates la renta básica.

La renta básica

“De repente, uno escucha a mentores y cultores del capitalismo más conspicuo hablar de la conveniencia de aplicar una estrategia de esta naturaleza (la renta básica universal) como modo de resolver uno de los efectos que plantea esta pandemia que es una suerte de agigantamiento de las desigualdades y, consecuentemente, puesta en cuestión de las condiciones de gobernabilidad”, sostiene el economista Claudio Lozano, actual Director del Banco Nación y uno de los impulsores en los ‘90 de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA).

En los tempranos 2000, en medio de la crisis económica que una década de políticas neoliberales había provocado en la Argentina –y al borde de la crisis político-institucional–, la CTA junto al Frente Nacional contra la Pobreza impulsaron una campaña por tres herramientas que buscaban poner un piso de ingresos al funcionamiento del deprimido mercado laboral en la Argentinael seguro de empleo y formación para todo trabajador sin empleo; la asignación universal por hijo y la jubilación universal para las y los mayores de 60 y 65 años. Todavía no se hablaba de “renta ciudadana” pero la propuesta proponía un umbral de derechos y ciudadanía.

Según lo define la Red Renta Básica, una asociación sin fines de lucro de España:

“La renta básica es un ingreso pagado por el Estado, como derecho de ciudadanía, a cada miembro de pleno derecho o residente de la sociedad incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es rico o pobre o, dicho de otra forma, independientemente de cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quien conviva. En menos palabras: una renta básica es una asignación monetaria pública incondicional a toda la población.”

Mientras en Argentina el FRENAPO construía su propuesta, en Europa el debate por el Ingreso Ciudadano Universal, también llamado Renta Básica Universal, llevaba algunos años. En 1986 se constituía la Red Europea por la Renta Básica (BIEN – Basic Income European Network) y en 2001 la citada filial española; pero recién en enero de 2017 un gobierno puso en marcha, a modo de experimento, esta política pública.

Sacudiendo el escenario político y al deprimido Estado de Bienestar europeos, el gobierno de centro-derecha de Finlandia encabezado por Juha Sipilä (2015-2019) estableció un plan piloto que entregó una Renta Básica (RB) de 560 euros mensuales libres de impuestos durante 24 meses a 2.000 desempleados de entre 25 y 58 años, elegidos al azar entre los 175.000 ciudadanos del país que recibían algún tipo de subsidio por desempleo. La experiencia, en la que el Estado finlandés invirtió 20 millones de euros, se prolongó entre 2017 y 2018 y recientemente se dieron a conocer los resultado.

Los beneficiarios del proyecto estaban obligados, por ley, a participar si querían seguir recibiendo sus prestaciones sociales y continuaban percibiendo la RB aún si conseguían un trabajo. Para contrastar con este grupo se realizó un seguimiento a un otro sector de desempleados del mismo rango etario que no percibió la RB pero si los subsidios habituales por desempleo. Las conclusiones definitivas recientemente publicadas sostienen que la percepción de una renta básica sin condiciones en ningún momento desalentó a los beneficiarios de continuar la búsqueda de un trabajo. El grupo de personas que recibía la RB trabajó más días en promedio que el grupo que no obtuvo el ingreso.

Por otro lado, la RB contribuyó a aumentar la seguridad económica de los beneficiarios y su bienestar mental. «La ejecución del experimento fue un éxito y proporcionó nueva información que no habría sido posible obtener sin él», afirmó en un comunicado Olli Kangas, investigador y máximo responsable del ensayo.

Otras iniciativas, aún a nivel experimental, se están llevando adelante en Canadá, Holanda y Escocia, a menor escala y focalizadas, no a nivel nacional como la realizada por Helsinki.

El Estado de Alaska (Estados Unidos) desde 1982 entrega a todos sus residentes un Ingreso Básico Universal (UBI – universal basic income)  anual de 2000 dólares. Si se trata de una familia tipo, una pareja con dos hijos, reciben 8.000 dólares una vez al año. Este es un caso con características particulares: escasa población, extremas condiciones de vida, financiamiento a través del programa de Dividendos del Fondo Permanente de Alaska (PFD, por sus siglas en inglés), que recibe un mínimo del 25% de los ingresos de tránsito de petróleo a través de su red de oleoductos para repartir entre sus ciudadanos.

Según varios estudios el UBI redujo los niveles de pobreza -sobre todo entre niños y ancianos- y colaboró en sostener los empleos por tiempo indeterminado y aumentar los temporales. A su vez señalan que “no ha aparecido evidencia de las posibles consecuencias sociales y económicas adversas comúnmente hipotetizadas de UBI”.

El PFD es un caso único, en el que una parte significativa de las rentas de recursos se distribuye durante varias décadas como un pago incondicional en efectivo a todos los residentes. Haciendo un paralelismo, ¿podría en nuestro país aplicarse un impuesto sobre la renta potencial de la tierra para distribuirlo como una RB?

La pandemia, ¿una oportunidad?

“Todos aquellos que no son asalariados formales, aquellos que no están «en blanco» entre los 18 y 65 años, deben tener un ingreso social de emergencia equivalente por lo menos al salario mínimo, vital y móvil vigente. Eso daría que cualquier hogar tipo tendría unos 34 mil pesos a los cuales habría que adicionar la extensión y generalización completa de la AUH, que deberíamos incrementarla a 4 mil pesos por pibe, y estaríamos en 42 mil pesos por hogar”, sostiene Lozano en diálogo con Canal Abierto.

“Todo el mundo tendría este piso. Argentina tiene condiciones para hacerlo. Estamos hablando del 5% del PBI en total, una cifra que le llega a los tobillos a la fuga de capitales que tiene la Argentina”, concluye el  director del Banco de la Nación.

El recientemente establecido Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), implementado como un parche para la emergencia por el Ejecutivo nacional se presenta como una eventual base para rediseñar las políticas sociales focalizadas por una universalización del derecho a un ingreso ciudadano.

En este sentido, como sostenía Lozano, no sólo desde la izquierda se habla de estas propuestas (la foto que abre esta nota plantea irónicamente alguna de las aristas y dudas: ¿sólo queremos pan?). Para el capital, que todo se vaya al demonio no es negocio. Este 12 de mayo, la CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe), organismo regional de la ONU, propuso avanzar hacia un ingreso básico para ayudar a la población más vulnerable a superar los efectos del coronavirus.

“La pandemia ha hecho visibles problemas estructurales del modelo económico y las carencias de los sistemas de protección social y los regímenes de bienestar que hoy nos está resultando muy caro. Por ello, debemos avanzar hacia la creación de un Estado de bienestar con base en un nuevo pacto social que considere lo fiscal, lo social y lo productivo”, señaló Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de la CEPAL.

El organismo propone la entrega de un Ingreso Básico de Emergencia (IBE) equivalente a una línea de pobreza (costo per cápita de adquirir una canasta básica de alimentos y otras necesidades primarias, unos 143 dólares en promedio) durante seis meses a toda la población en situación de pobreza en 2020 (es decir, 215 millones de personas o el 34,7% de la población regional). Esta medida, proponen, debería sentar las bases para un ingreso básico verdaderamente universal, que cobrarían todos los habitantes de la región.

En nuestro país, el pasado 1º de Mayo, en el Día Internacional de las y los Trabajadores, organizaciones de trabajadores, movimientos sociales, entidades de PyMEs y agrupaciones políticas lanzaron el Manifiesto Nacional por la Soberanía, el Trabajo y la Producción, que entre otras propuestas incluye el ingreso básico universal.

¿Un green new deal?

En un artículo recientemente publicado en la revista AnfibiaMaristella Svampa y Enrique Viale proponen poner la capacidad del Estado –que hoy se demuestra único garante posible de alguna salida, incluso a pesar de la (i)racionalidad de algunos gobernantes–, al servicio de un “Green New Deal o Gran Pacto Ecosocial y Económico para transformar la economía mediante un plan holístico que salve al planeta y, a la vez, persiga una sociedad más justa e igualitaria”. En esta perspectiva enumeran cinco ejes fundamentales del Pacto a debatir: “un Ingreso Universal Ciudadano, una Reforma tributaria progresiva, la suspensión del pago de la Deuda Externa, un Sistema nacional de cuidados y una apuesta seria y radical a la Transición socioecológica”.

Las voces de intelectuales, políticos y referentes sociales se multiplican y resuenan con una vibración similar. ¿Será que llegó la hora de un nuevo pacto social? ¿Qué sociabilidad precisamos para llevar adelante estas reformas? ¿Alcanza con el Estado y las actuales instituciones que nos trajeron hasta aquí? Una serie de interrogantes y desafíos para seguir tirando del ovillo y comenzar a militar estas transformaciones.

“En el marco de la pelea de una renta básica de emergencia también tiene que haber una pelea por procesos de democratización que permitan la organización de comités anticrisis, de consejos de organización de la comunidad que amplíen el reconocimiento a actores que están por fuera del marco de la institucionalidad formal tradicional que no reconoce a una multiplicidad de actores que se han venido desarrollando en los últimos 30 años”, concluye Lozano.

Este es un punto de partida concreto. Está sucediendo, los pasillos del poder muestran las grietas. A patear puertas y abrir ventanas.

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Sin el moyanismo, la CGT se reúne para refrendar el acuerdo con la UIA y perfilar la renovación de autoridades

Sin el moyanismo, la CGT se reúne para refrendar el acuerdo con la UIA y perfilar la renovación de autoridades

Una “mesa ampliada” de la CGT deliberará mañana en la sede principal de la UOCRA sobre una variada agenda de temas, como el desempleo, la creciente ola de conflictos salariales y la realidad de las obras sociales, pero también analizarán la futura integración de la conducción de la central.13/05/2020 00:06:00

El cónclave se realizará a partir de las 14 en el gremio que lidera el también secretario de Relaciones Internacionales de la CGT e integrante del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Gerardo Martínez, para analizar entre poco más de dos decenas de dirigentes “el cuadro socio-laboral, la situación de las obras sociales sindicales, el desempleo y la crisis por la falta de pago de los salarios en el contexto de la emergencia sanitaria”.

La histórica “mesa chica” de la central obrera dará paso a una “mesa ampliada”, ya que en el edificio del gremio de la construcción de Avenida Belgrano al 1.800 de la ciudad de Buenos Aires participarán entre 20 y 22 dirigentes de los llamados sectores “gordos”, independientes, del barrionuevismo y de la CATT (transporte).

No se cursaron invitaciones a los sectores disidentes más críticos al acuerdo con la UIA y la conducción actual. No está presente el moyanismo, que empezó a hacer sonar a Pablo Moyano como candidato a conducir la central obrera, ni la Corriente Federal de Trabajados, ni el resto de las organizaciones que se reúnen en torno al Frente Sindical para el Modelo Nacional.

“En la convocatoria ampliada del jueves no podrá faltar la necesaria rosca política que siempre anima el calentamiento de los motores de una elección. No hay que olvidar que en agosto vence el mandato del actual consejo directivo de la CGT, y la voluntad general es integrar a todos aquellos que estén dispuestos”, añadieron las fuentes a la agencia Telam.

En ese sentido, los voceros gremiales explicaron que “se impone hallar consensos” para llegar de la mejor manera al Congreso cegetista de agosto.

La actual conducción, que encabezan Héctor Daer y Carlos Acuña, tiene mandato hasta el 22 de agosto de este año, pero ante la pandemia un decreto de la cartera laboral postergó las elecciones en gremios y centrales obreras de forma reciente.

“Existe una permanente búsqueda de consensos para unir a los más variados sectores sindicales en el seno de la futura CGT, y ese análisis y posibilidad a futuro se restaurará desde mañana”, confiaron.

Además de Martínez, Daer (sanidad), Acuña (estaciones de servicio) y Andrés Rodríguez (UPCN), participarán el taxista Omar Viviani, los ferroviarios Sergio Sasia y Omar Maturano, el marítimo Juan Carlos Schmid, el colectivero Roberto Fernández, el lucifuercista Guillermo Moser y el textil Hugo Benítez, entre otros.

“Serán entre 20 y 22 dirigentes de todos los sectores del movimiento obrero, incluyendo a quienes hoy no participan en la CGT”, concluyeron los voceros.

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Cifras oficiales: ya se perdieron 25 mil empleos en la Ciudad por la pandemia

Cifras oficiales: ya se perdieron 25 mil empleos en la Ciudad por la pandemia

El subsecretario de Trabajo, Industria y Comercio porteño, Ezequiel Jarvis, precisó que el empleo cayó un 2% en la Ciudad de Buenos Aires, como consecuencia de la crisis generada por la pandemia del coronavirus, lo que supone una pérdida de 25.000 puestos.13/05/2020 16:20:00

“Aún no podemos identificar cuántos pertenecen a trabajadores asalariados y cuántos a autónomos, pero se estima que el empleo cayó un 2%, que en números serían alrededor de unos 25.000 trabajadores”, dijo el funcionario ante la comisión parlamentaria de Legislación del Trabajo de la Legislatura porteña.

En ese marco, Jarvis destacó que en la ley de emergencia económica, aprobada la semana pasada por la Legislatura, “la Ciudad planteó la necesidad de generar un plan de acción para poder enfrentar la crisis y generar medidas que puedan impulsar a determinados sectores” que fueron afectados por la cuarentena.

Agregó que el Gobierno de la Ciudad se fijó como táctica principal “mantener y fortalecer las negociaciones laborales para evitar despidos, suspensiones y otras circunstancias que perjudiquen a los trabajadores”.

Apuntó que, desde el comienzo de las medidas restrictivas, la Subsecretaría a su cargo lleva alcanzados unos 2.000 acuerdos entre empresarios o cámaras patronales y obreros o empleados, de manera individual o colectiva, a través de los sindicatos.

Y resaltó que los entendimientos se hacen “articulando con las autoridades y disposiciones nacionales”.

Por otro lado, el funcionario respondió una consulta efectuada por la legisladora del Frente de Todos Lucía Cámpora respecto de las condiciones de trabajo de los empleados de las empresas de plataformas de pedidos on line en el contexto de la pandemia por el Covid-19.

“Conformamos una mesa con las empresas y los gremios que representan a ese sector de la economía y en ese marco les venimos insistiendo que doten a los trabajadores de todos los elementos de seguridad y protección”, explicó Jarvis.

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ATE dice que los estatales perdieron más de un tercio de su poder de compra y pide la reapertura de la paritaria

ATE dice que los estatales perdieron más de un tercio de su poder de compra y pidie la reapertura de la paritaria

El sindicato de estatales ATE reclamó hoy completar la paritaria 2019 del sector y comenzar las negociaciones salariales pendientes de este año. Estaba acordada una mesa de revisión en marzo que nunca se activó.13/05/2020 17:32:00

“Las dos revisiones pactadas para diciembre y marzo para recuperar parte de lo perdido, no se llevaron adelante”, cuestionó el gremio liderado por Hugo “Cachorro” Godoy.

También remarcó que “la inversión pública del Gobierno Nacional es imprescindible para recuperar el tejido social dañado por el anterior”.

Sostuvo que “en esta inversión se debe inscribir la reparación del salario de los estatales”.

“La pandemia demuestra que el Estado es la única garantía para resolver la crisis. En este marco, 8 de cada 10 trabajadores y trabajadoras estatales, según números oficiales vertidos por la Secretaría de Gestión y Empleo Pública, están cumpliendo con sus funciones”, planteó el sindicato en un comunicado.

“Durante el gobierno Macri, entre 2016 y 2018, se perdió un 35% del salario de los estatales, mientras que en 2019 la paritaria fue del 28% frente a una inflación del 54%. Se retrocedió un 25% más. Por eso desde ATE afirmamos que los trabajadores estatales ya sufrimos la rebaja salarial”, finalizó el gremio.Compartir esta Nota

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Suspensiones: demanda contra el acuerdo UIA-CGT por baja salarial

Es la primera de un trabajador sobre la constitucionalidad del convenio marco que habilitó licenciamientos masivos con rebajas salariales.

Los ministros

Los ministros, de Desarrollo productivo, Matias Kulfas, y Trabajo, Claudio Moroni.Imagen: YouTube

Por Mariano Martínmmartin@ambito.com.ar

La Justicia comenzó a revisar el acuerdo alcanzado entre la Unión Industrial Argentina (UIA) y la CGT, con el aval explícito del Gobierno, que habilitó un nuevo marco normativo exprés para disponer suspensiones con un pago mínimo de 75% del salario neto para trabajadores exentos de concurrir a sus puestos laborales durante la cuarentena. Se trata de la primera demanda presentada por un particular contra el entendimiento, que incluyó la solicitud de una medida cautelar para suspender sus efectos durante el análisis de fondo y la habilitación de la feria judicial por considerar que se trata de una cuestión urgente.00:00/00:00Loading Ad

}La denuncia fue presentada por el trabajador Julio Hernán Romero con el patrocinio del abogado Pablo Llopart mediante una “formal acción declarativa de certeza y/o de inconstitucionalidad” contra la resolución 397/2020 que llevó las firmas de los ministros de Trabajo, Claudio Moroni, y de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas. “Se procura un pronunciamiento con respecto a la validez de dicha norma, la cual ocasiona una grave situación de incertidumbre y manifiesta desprotección con respecto de los derechos y garantías amparados por la Constitución Nacional y Tratados Internacionales de derechos humanos en tutela de las/os trabajadoras/es”, señala la presentación.

El acuerdo entre la UIA y la CGT con la posterior validación del Ejecutivo se basó en el artículo 223 bis de la ley de Contrato de Trabajo, que estipula el mecanismo para disponer suspensiones con rebajas salariales y que habilita la percepción de montos no remunerativos frente a una caída drástica de una actividad económica por razones no imputables a los empresarios. Fue el atajo que encontraron los firmantes para salir del corset que el propio Gobierno había establecido con los decretos de necesidad y urgencia que iniciaron la cuarentena: el primero, que incluyó una garantía para que los trabajadores percibieran los salarios íntegros, sin descuentos, y otro que prohibió por abril y mayo los despidos y las suspensiones.

Según los denunciantes, ese entendimiento puede vulnerar “la protección integral del salario, la libertad sindical, de tutela preferencial efectiva hacia grupos vulnerados, y el principio de indemnidad y de tutela judicial efectiva, entre otros derechos”. También destacan que la norma podría contrariar el sentido de la resolución 1/2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que “conminó a los Estados que implementen medidas económicas políticas o de cualquier índole, que no deben acentuar las desigualdades existentes en la sociedad”.

Más adelante la demanda cuestiona que la normativa habilita “a que el empleador pueda presentar unilateralmente un listado de trabajadores afectados” ante el Ministerio de Trabajo “sin la participación directa y/o debida conformidad expresa del trabajador” y a avanzar con el trámite transcurrido un plazo de tres días sin oposición de la entidad sindical. De hecho, uno de los acuerdos que surgieron al amparo del convenio marco fue el de Comercio, que les permite a las empresas de menos de 70 empleados (la mayoría) a disponer suspensiones de manera unilateral.

Hasta ahora la principal voz contraria al acuerdo entre UIA y CGT fue la del camionero Hugo Moyano, quien envió una nota al ministro Moroni para advertirle que no aceptará un arreglo de esas características en el transporte de cargas y pronunciarse políticamente en contra de lo convenido por sus pares de la central obrera.

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Teletrabajo: Beneficio obrero o ganancia del empleador

Teletrabajo: Beneficio obrero o ganancia del empleador

La actual pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del virus COVID 19, trajo a colación un sistema de trabajo que ya se venía implementando en diferentes sectores, pero ahora con la clara intención de ampliar su espectro a diversas ramas de la economía. Estamos hablando del teletrabajo – trabajo a distancia – trabajo remoto y/o home office.

         En primer lugar, debemos señalar que los términos utilizados no son sinónimos, veamos pues, en que consisten las principales diferencias:

         Teletrabajo, trabajo remoto o a distancia, es el trabajo que una persona realiza para una empresa determinada, desde un lugar alejado de las oficinas centrales o del establecimiento de producción, para realizarlo habitualmente desde su propio domicilio, por medio de la utilización de las nuevas tecnologías de telecomunicación. La clave para entender este concepto es el “control”. Así, el teletrabajo es un proceso donde el operario realiza un trabajo fuera de la sede de la empresa, bajo el control y tutela del empresario.

         El espacio donde se realiza el teletrabajo puede ser un domicilio particular, otra oficina, un coworking remoto o cualquier lugar que permita la conexión entre empresario y trabajador. De este modo el empleador cuenta con el control total de los procesos de producción; estén donde estén sus trabajadores. Pese a no estar en la oficina, lo que consigue el teletrabajo es trasladar todos los procesos rutinarios al lugar donde se encuentre el trabajador, manteniendo así todas sus responsabilidades y tareas.-

         Por su parte, el Home Office o trabajo a domicilio, es el modelo de negocio que utilizan la mayoría de los freelancers. Un freelance es una persona que trabaja por cuenta propia para una empresa determinada, facilitándole un servicio a cambio de una compensación económica. Muchas empresas subcontratan servicios a través de los freelancers, resultando trabajadores de la compañía, que brindan sus tareas en la mayoría de los casos por medio de contratos, especificando el tiempo que trabajarán para el empleador y bajo qué condiciones.

         Analizando este concepto, a su vez nos encontramos frente a otro flagelo que afecta a los trabajadores como son los casos de fraude laboral, donde se encubre la verdadera naturaleza del vínculo bajo la apariencia de figuras ajenas al derecho laboral.

         En resumen, el teletrabajo, es una forma de organizar el sistema laboral, basado en que el trabajador desempeñe su actividad sin la necesidad de presentarse físicamente en un lugar de trabajo específico. Este tipo de organización de trabajo es posible ya que los métodos utilizados implican el procesamiento electrónico de información y la utilización de un sistema de telecomunicaciones, para poder compartir información entre el trabajador y la empresa.

         Existen tres tipos de teletrabajo que son los siguientes:

  • Domicilio: aquel en donde el trabajo es realizado desde la casa o domicilio del empleado.
  • Móvil: aquel caso de teletrabajo en donde el empleado suele trabajar algunos días desde su domicilio y otros en la oficina.
  • Telecentro: aquel en donde la institución o empresa destina una oficina para que los empleados desarrollen determinado tipo de actividades, fuera de su oficina central.

         Luego del breve análisis realizado, debemos preguntar ¿es el teletrabajo un beneficio para mejorar la calidad de vida de los trabajadores o más bien resulta un modelo de trabajo forjado en pos de las ganancias del capital? Adelanto la respuesta a favor de la segunda opción.

         El trabajo a distancia no es un tema nuevo en el ámbito laboral, sino que hace tiempo que se venía discutiendo, siendo actualmente visto con agrado por parte de la patronal, bajo el pretexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

         Este modelo de trabajo forma parte del plan de “modernización” que tenía el anterior gobierno de Mauricio Macri, que con el resultado de las últimas elecciones creíamos olvidado, pero lamentablemente hoy no es así.-

         Como todo sistema novedoso, el trabajo a distancia tiene sus amantes y detractores, quizá entre la población  joven -más ligadas al uso de la tecnología- y claro está, entre los grupos empresarios, podemos encontrar a los principales defensores del modelo, sin embargo, la realidad indica que el dicho “se trabaja mejor en casa” es un mito, siendo las principales críticas las siguientes:

¡) El trabajdor o trabajadora pierde vínculo y comunicación con sus compañeros, los aísla socialmente reduciendo la posibilidad de organización en defensa de sus derechos.

ii) Altera los períodos de descanso.

iii) Modifica la jornada laboral.

iv) Desestabiliza los horarios de los trabajadores.

v)  Afecta el pago de las horas extra.

vi) Hay un mayor agotamiento del trabajador ya que el mismo no se desconecta totalmente de sus labores para descansar. Al no existir un horario laboral establecido se ilimita la jornada de trabajo a las 24 horas del día.

vii) Afecta las relaciones personales y familiares de los trabajadores, al penetrar el trabajo dentro del ámbito más íntimo como el hogar del obrero.

viii) Favorece la precarización y la tercerización laboral.

ix) Impide acceder a normas de higiene y seguridad en el trabajo.

x) Afecta en sobremanera a ya que a raíz del modelo social que aún nos domina, en la práctica las mujeres mayormente se encuentren ligadas a realizar actividades domésticas y de crianza de los hijos, hecho este que agudiza el estrés generado por el teletrabajo.

         La realidad indica que el teletrabajo implica un “ahorro” para las empresas, para quienes siempre resulta rentable tener personal laborando desde su casa. Los ahorros no solo se dan porque se deja de designar un espacio físico para el personal, sino también por el ahorro en los servicios básicos como agua, luz, gas, internet, insumos, etc., reduciendo de este modo los costos de producción y aumentando la rentabilidad de la empresa.

         Como regla fundamental, para implementar este sistema el empleador debería otorgar al obrero la totalidad de los medios tecnológicos, informáticos, digitales, insumos y costos que requiere la implementación del teletrabajo. En muchas ocasiones esto no sucede, y son los trabajadores quienes tienen que asumir esos costos como por ejemplo conexión a internet.

         No podemos soslayar un caso puntual como resulta el de los docentes, donde solo un cierto porcentaje tiene acceso a una computadora y conexión de internet, no brindando el empleador las herramientas necesarias  para que realicen el trabajo a distancia.

         En tal sentido, no todos los trabajadores y trabajadoras están en condiciones de realizar el teletrabajo, por ejemplo quienes viven en una zona rural o semi rural o con deficiente conexión a internet, quienes comparten el uso de una única computadora con el resto del grupo familiar, como ser hijos en edad escolar, o están al cuidado de otras personas, etc.

         Chile se convirtió en el primer país latinoamericano en adoptar el teletrabajo de manera legal con la Ley de Trabajo a distancia y Teletrabajo, propuesto por el Ministerio de Hacienda el 10 de marzo de 2018 y decretado oficialmente el 26 de marzo de 2020, resultando las principales críticas un “menor descanso y falta de pago de horas extras para los trabajadores/as”.

         Esta fue una iniciativa empresarial que tiene por finalidad dotar de una regulación flexible a los trabajadores para que puedan desempeñar sus labores en el domicilio.

         La legislación permitiría que, si un trabajador ya tiene una relación laboral, de carácter presencial en la empresa, pueda acordar con su empleador el cambio total o parcial a la modalidad de trabajo a distancia.

         Es sabido que las negociaciones entre empleador y trabajador son asimétricas por naturaleza y no significan otra cosa en la realidad que imposiciones patronales sobre los empleados. La ley de teletrabajo aprobada “aseguraría” 12 horas de descanso entre jornada y jornada, lo que significa una precarización en las condiciones laborales, con jornadas que podrían extenderse más de lo legal.

         En Nuestro país existen varios proyectos enviados al congreso (no casualmente por diputados de la oposición) para reglamentar esta actividad.

         En el ámbito Judicial recientemente la AJB acaba de firmar un acuerdo paritario con la SCBA para regular el teletrabajo en el contexto del aislamiento social, destacando que el teletrabajo debe ser una opción y no una obligación para los trabajadores.

         Concluyendo, hoy es el momento de avanzar en la búsqueda de más y mejores derechos laborales y no retroceder. En consecuencia, si bien el aislamiento social, preventivo y obligatorio y las limitaciones a la circulación dispuestas por el PEN hicieron que las modalidades habituales de trabajo se hayan visto modificadas, el teletrabajo solo puede ser admitido por los trabajadores y trabajadoras como una herramienta excepcional para superar la actual crisis económico-sanitaria, pero nunca podrá ser convalidado como un método normal, habitual y efectivo de trabajo, toda vez que el mismo no implica un real beneficio para la clase obrera sino más bien un incremento de  ganancia para la patronal.- 

Asociación de Abogados Laboralistas (AAL) de Mar del Plata.

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Cómo funciona la modalidad virtual para el Servicio de Conciliación Laboral

Cómo funciona la modalidad virtual para el Servicio de Conciliación Laboral

Se reglamentaron los procedimientos de actuación virtual para los trámites iniciados previamente, que se vieron truncados por la pandemia, y para todos aquellos que en el futuro se inicien.

El Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) reglamentó con la Disposición 290/2020 el procedimiento de actuación virtual para trámites inconclusos y aquellos que se inicien de aquí en adelante.

En el marco de la Emergencia Sanitaria, ampliada mediante DNU 260/2020 por el plazo de un año con motivo de la propagación del Covid-19 en el territorio nacional, el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO), instancia previa obligatoria a los reclamos judiciales individuales y pluriindividuales en el Fuero del Trabajo, ha establecido una reglamentación de los procedimientos de actuación virtual para los trámites iniciados previamente, que se vieron truncados por la pandemia, y para todos aquellos que en el futuro se inicien.

Desde el 23 de abril pasado, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dictó las siguientes resoluciones para implementar el uso de plataformas virtuales y dar respuesta a los reclamos de trabajadores y empresarios que vieron afectada su actividad cotidiana por la irrupción del Covid-19 en nuestro país.

 Resolución Nº 344/2020: establece cuál será el procedimiento a aplicar en el uso de plataformas virtuales para la celebración de audiencias y actuaciones administrativas, el cual se hace extensivo al procedimiento de la Ley Nº 24.635 y a las audiencias de ratificación de acuerdos espontáneos en los términos del artículo 4° del Decreto Nº 1.169/96 sustituido por el Decreto N° 1.347/99.

Resolución Nº 397/2020: regula el procedimiento de actuación abreviada en los trámites iniciados o que se inicien en el marco del artículo 223 bis de la Ley Nº 20.744 y resulta necesario que los trabajadores intervinientes manifiesten su conformidad con dichos acuerdos ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (S.E.C.L.O.), a efectos de su homologación.

La disposición 290/2020 del SECLO determinó finalmente el procedimiento a seguir para otorgar operatividad a la reglamentación del MTEySS, estipulando que las audiencias pendientes en los procedimientos inconclusos y los nuevos a iniciarse en relación al Procedimiento de Conciliación Laboral Obligatoria, así como las audiencias de ratificación pendientes de trámites ya iniciados o a iniciarse, respecto de acuerdos espontáneos, se celebrarán a través de plataformas virtuales en uso y autorizadas por el Ministerio de Trabajo y/o cualquier medio electrónico que asegure el cumplimiento del encuentro y garanticen el derecho al debido proceso. A tal fin, las partes involucradas deberán manifestar las herramientas tecnológicas de que disponen.

Para iniciar el trámite, deberá ingresar al Portal del Abogado en el sitio web del SECLO a través de la opción virtual “Obligatoria”, debiendo acompañar toda la documental requerida.

Una vez finalizada la incorporación de todos los documentos, el sistema procederá a sortear al conciliador interviniente, fijando, conforme los plazos de ley, el día y horario de la audiencia que se llevará a cabo mediante la plataforma virtual que éste disponga, previa consulta a las partes sobre su disponibilidad tecnológica.

Con respecto a la ratificación de acuerdos espontáneos, el trámite se inicia a través de la opción virtual “Espontánea” del Portal del Abogado del SECLO donde se deberá acompañar la documental requerida.

Aquellos que se celebren exclusivamente en los términos del artículo 223 BIS LCT, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, las partes deberán consignar en su presentación inicial una declaración jurada acerca de la autenticidad de las firmas estampadas en dicho documento. Los letrados de ambas partes en su caso también prestarán dicha declaración sobre la autenticidad de los documentos acompañados y firmas ológrafas puestas en su presencia, así como sobre la expresión del libre consentimiento y discernimiento de cada parte a la que patrocinan o representan. Deberá adjuntarse:

El acuerdo firmado en forma ológrafa por todos los participantes (trabajador/es, representante sindical y/o letrado patrocinante, y la parte empleadora). En caso de no poder efectuar la firma ológrafa deberán arbitrarse por la empleadora los medios conducentes a certificar la autenticidad de la suscripción del trabajador del convenio de un modo fehaciente.Las Actas de Ratificación de los acuerdos celebrados con la intervención del letrado asistente del/los trabajador/es, quien asume expresamente y con carácter de declaración juramentada, la responsabilidad profesional por su función ad-hoc de constatación de la libre emisión del consentimiento del trabajador y su discernimiento sobre el alcance del acto que otorga.La nómina de trabajadores, CUIL, domicilio real, remuneración, tareas, antigüedad, correo electrónico de cada trabajador y número de teléfono.

La parte Empleadora que requiera este trámite, deberá dirigirse y remitir la documentación pertinente al correo habilitado ratificacionseclo@trabajo.gob.ar, indicando en el asunto: “ART. 223 BIS. NOMBRE Y CUIT DE LA EMPRESA”.

Si el o los trabajadores no contaran con patrocinio letrado, deberá suspenderse el trámite y se le informará al solicitante sobre el Programa Asistir, que brinda asistencia jurídica gratuita y/o patrocinio jurídico en conflictos individuales.

Para todos los trámites deberá informarse el correo electrónico y el celular personal de los reclamantes, de su letrado patrocinante o de su asistencia sindical, los datos completos de él o los requeridos, donde serán válidas todas las notificaciones efectuadas

Al momento de la celebración de todas las audiencias, las partes deberán tener consigo la documental necesaria denunciada, que previamente debe adjuntarse al sistema en el inicio del trámite, junto con acreditación de identidad y personería en formato digital.

A los fines de acreditar identidad y personería deberán adjuntar en formato digitalizado:

 Poder vigente y/o acta de designación de autoridades con el Estatuto; Copia del DNI, frente y dorso, de los solicitantes. Copia de la Credencial de matrícula habilitante y vigente de todos los abogados intervinientes. Para el caso de representantes gremiales deberá, asimismo, adjuntarse Nota de autorización expedida por el Secretario General y/o representante legal de la entidad gremial facultándolo para actuar en el marco de dicho acuerdo. El correo electrónico y celular de cada parte, inclusive de cada trabajador.

En caso de arribar a acuerdos que impliquen obligaciones de pago, se deberán denunciar los elementos necesarios para que se hagan efectivos los pagos por transferencia bancaria, o en su defecto código para el retiro de efectivo por cajero.

Todos los acuerdos y sus ratificaciones realizadas en el marco de la Resolución 290/2020 tendrán la misma validez que los celebrados en forma presencial.

(*) Abogado Especialista en Derecho del Trabajo. Presidente de APREEA

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UTHGRA Tucumán denuncia a empresarios hoteleros y gastronómicos por despidos y deudas salariales

UTHGRA Tucumán denuncia a empresarios hoteleros y gastronómicos por despidos y deudas salariales

Sindical / Tucumán / Gremiales Tucumanas /2 personas /3 temas13MAY

Desde UTHGRA Seccional Tucumán, denunciaron a más de 20 firmas de empresas hoteleras y gastronómicos por despidos y deudas salariales de más de dos meses. 

En ese sentido, desde la entidad gremial conducida a nivel nacional por Luis Barrionuevo y a nivel local por Enrique Altier, señalaron que uno de los casos más complicados es el del céntrico Bar «Las Palmas», situado en la intersección de las calles 25 de Mayo y Marcos Paz.

«En el Bar Las Palmas, propiedad de Juan Carlos Álvarez, despidieron a 23 trabajadores, haciendo caso omiso al decreto presidencial que prohíbe los despidos», expresaron desde el sindicato gastronómico en un comunicado de prensa. A su vez señalan que los empresarios pretenden pagar indemnizaciones antojadizas.

Desde UTHGRA Tucumán, rechazan los telegramas de despido y exigen el pago de la doble indemnización. Entre las firmas morosas señalaron: Hotel Catalinas Park; Hotel San Javier, Trumman (Administrado por Héctor Viñuales); Hotel Garden Park; Hotel Premier; Hotel Carlos V; Resto Mirasoles, (Red Federico Lanati); Filipo, Il Postino; Café 25 ( Jayme Soler); Hotel Colonial ( Ángela Olid y Racedo Jorge); ABC, Bar Corcho; El Bodegón; Becketts; Sand. Chacho; La Milanesa (de Rodrigo Marengo); Hotel del Jardín; Motel Los Pinos; Amadeus; Bar Hotel Tucuman Center; Bar Americano; Totem. Otra firma que cerró incumpiendo el Decreto Presidencial, despidiendo al personal es Bar Momentos de Alberdi (del ex leg. Roque Cativa).

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En plena pandemia, empleados paralizan la obra social Osplad porque no les pagan los salarios

En plena pandemia, empleados paralizan la obra social Osplad porque no les pagan los salarios

Los empleados de la Obra Social para el Personal Docente (Osplad) agrupados en el sindicato del sector, Sitosplad, inician hoy un nuevo paro de 48 horas que irá de las 7 de la mañana a las 7 del viernes próximo. Demandan el inmediato cobro de los salarios adeudados.

“Una vez más los trabajadores de la Osplad deben recurrir a una huelga para exigir a la patronal plurisindical -conformada por los gremios Ctera, AMET y Saeoep- que abone de forma inmediata los depreciados salarios adeudados”, afirmó el titular del gremio, Alejandro Bassignani.

Bassignani y los secretarios adjunto y de Prensa, Hebe Nelli y Carlos Terreu, explicaron que luego del “contundente paro nacional de salud” del 7 de mayo último, que produjo como respuesta patronal “el pago fuera de término de solo el 30 por ciento de los salarios de abril”, la Osplad otra vez “está en mora”.

“Hasta ahora es lo único que percibieron los trabajadores. Para la mayoría, ese 30 por ciento representa menos de 10 mil pesos. El Sitosplad insiste en la necesidad de abrir un espacio tripartito conformado por el Estado, sindicatos y patronales para abordar y solucionar una problemática con múltiples aristas”, puntualizaron.

La Osplad emplea a más de 1.400 trabajadores que atienden a más de 170 mil familias en todo el país, y atraviesan “una emergencia salarial” desde 2018 porque perciben salarios por debajo de la línea de pobreza, no perciben los aumentos decretados por el gobierno y sufren desdoblamiento y atrasos para cobrar, dijeron.

Los dirigentes también denunciaron la existencia de paritarias “no representativas” y expresaron que el gremio ya decidió el “alerta” para garantizar “las condiciones de seguridad, higiene y provisión de insumos adecuados y los elementos de protección personal al personal que cumple tareas en la emergencia sanitaria.

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Comedores platenses: presos donaron 140 kilos de verduras

Los reclusos cuentan con una huerta en la Unidad Penitenciaria 12 de Gorina. La comida fue donada a comedores comunitarios de La Plata.

Internos de la Unidad Penitenciaria 12 de Gorina donaron unos 140 kilos de verduras cosechadas en su propia huerta y fueron destinados a comedores de la ciudad de La Plata.

Los comedores comunitarios beneficiados fueron El Chogüi, Barrio Futuro, El Obrador y Niño Jesús, todos de la ciudad capital provincial.

Comedores platenses: presos donaron 140 kilos de verduras

Comedores platenses: presos donaron 140 kilos de verduras

Según informó Télam, la actividad fue realizada en el marco del área de capacitación agropecuaria. La producción fue llevada a cabo por tres internos. La huerta también se utiliza para autoconsumo y para la provisión de las Unidades 22 y 25 (Olmos) y 33 (Los Hornos).

El responsable del área Agropecuaria, Rodrigo Campomar, informó que la donación -la cual consistió en 50 kilos de zapallo, 60 de acelga y 30 de remolacha- llegó al comedor comunitario “El Chogüí”, del barrio platense de San Carlos.

Campomar dijo que “cuando (los internos) saben que la producción tiene un fin solidario, observo un mayor compromiso y un cambio en la actitud”.

Lourdes Yamamoto, del mencionado comedor, agradeció la donación y dijo que “realmente es una gran ayuda. El Estado nos provee alimentos secos, pero las verduras son muy útiles para complementar los platos”.

“Como era tanta la cantidad de verduras que recibimos, una parte se congeló y la otra se destinó a los comedores Barrio Futuro, El Obrador y Niño Jesús. A su vez, llevamos algunas a la comunidad toba, cercana al arroyo El Gato”, dijo.

La propuesta es impulsada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bonaerense con el objetivo de conjugar la capacitación laboral con el servicio comunitario.

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