Argentina: Agua para (casi) todos, esa cuestión llamada soberanía

Resumen Latinoamericano/Sebastián Saade/Marcha – Todavía resuenan las balas sobre los miles de vecinos y militantes que venían resistiendo el proyecto minero La Alumbrera en la ciudad de Andalgalá. El levantamiento del pueblo catamarqueño que se oponía al proyecto de explotación de oro y cobre a cielo abierto, recibió una brutal represión por parte de la policía local la noche del 15 de febrero del 2010.

La lucha llevada a cabo en la provincia de Catamarca ahora retoma vigencia con la reforma al Código Civil y Comercial aprobado por el Congreso Nacional a principios de octubre. La modificación de distintos artículos del anteproyecto del Código quedó expuesta a las críticas por un amplio abanico de actores.

El texto del anteproyecto en su artículo 241 establecía que todos los habitantes tienen garantizado el acceso al agua potable para fines vitales. El artículo aprobado se cerró con la siguiente modificación: “Cualquiera sea la jurisdicción en que se ejerzan los derechos, debe respetarse la normativa sobre presupuestos mínimos que resulte aplicable”.

Maristella Svampa y Enrique Viale manifestaron al diario Perfil que “el agua esté expresamente garantizada como un derecho humano fundamental tiene implicancias prácticas muy concretas, sobre todo a la hora de establecer prioridades en su uso y restringir su privatización. Pensemos lo que puede ocurrir en un contexto de estrés hídrico, o simplemente veamos lo que ya sucede en algunas zonas de Catamarca, donde en determinadas épocas se ha racionado el agua a la población, aunque no así a las compañías mineras, que la utilizan durante las 24 horas”.

La Asamblea “No a la Mina” de Esquel manifestó a Marcha que “el agua es un derecho humano fundamental y es una barbaridad que haya sido eliminado en el nuevo Código Civil, únicamente explicable por la inocultable permeabilidad de la clase política a tanto interés empresario alrededor del agua, y no solo las mineras.”

Por su parte, Daniel Taillant, Director Ejecutivo del Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) afirmó a este portal que “no es la primera vez que el Gobierno Nacional ignora los derechos fundamentales de los pueblos, de las comunidades y de las personas. En el caso de la protesta de Gualeguaychú, cuando le convenía, sostenía una postura a favor del reclamo de la comunidad por un derecho a un ambiente y a agua limpia y sana. Cuando ya no encuadraba con sus posturas diplomáticas, optó por criminalizar a los justos defensores de sus derechos humanos”.

En el caso de Vaca Muerta, yacimiento de petróleo y gas no convencional ubicado en la provincia de Neuquén, la situación se repite. “Hace lo mismo, niega a las comunidades indígenas su legítimo derecho a ser partícipes de la forma en el cual se utiliza tierras y regiones donde habitan, según lo establece el convenio 169 de la OIT, tratado internacional al que adhiere Argentina, pero que también viola sistemáticamente, en los avances a puertas cerradas y sin participación de quienes son más afectados por la contaminación atmosférica y de agua producida por la fracturación hidráulica” sostuvo Taillant y agregó que “con respecto a la minería, no estamos muy distintos, aunque allí también los gobiernos provinciales tienen gran responsabilidad”.

Los recursos naturales como mercancía

El abogado ambientalista Enrique Viale advirtió por Radio Kalewche de Esquel acerca de la decisión del Gobierno Nacional de generar todas las herramientas necesarias para que la extranjerización de la tierra y los recursos naturales se sigan profundizando.

Con respecto al acceso al agua, afirmó que “el Poder Ejecutivo nacional eliminó del anteproyecto de reforma del Código un artículo del acceso al agua como derecho humano fundamental, pese a que la inclusión de este derecho fue reafirmada constantemente por diferentes organizaciones y juristas en las distintas audiencias públicas realizadas”.

Viale también cuestionó la modificación del artículo 2368 del Código Civil. El anterior Código definía que la franja entre los inmuebles y las costas de los ríos eran de acceso público. A su vez establecía estos corredores biológicos en 35 metros. “La modificación, tal cual quedó redactada, no solo reduce de 35 a 15 metros, sino que se suprime el carácter de camino público, lo cual aniquila la posibilidad de acceder al mismo por parte de los demás ciudadanos”, detalló. Estas modificaciones otorgan la posibilidad a los privados de la apropiación de la tierra tanto para su usufructo individual como para fines comerciales.

¿El agua ya es un derecho fundamental?

La diputada del Frente para la Victoria, Diana Conti, co-presidenta de la comisión bicameral que redactó el dictamen que el Congreso transformó en el nuevo Código Civil, destacó en Página/12 que el agua “es un derecho humano y derecho fundamental de la vida, y como tal figura en los tratados internacionales incorporados a nuestra Constitución. Ponerlo como derecho operativo y obligatorio, cuando sabemos que es un derecho a otorgar aún en algunos lugares del territorio argentino, hizo que se prefiriera dejarlo en el marco global constitucional”.

Al respecto, el ex diputado de la UCR y secretario del Colegio Argentino de Ingenieros en Minas, Mario Capello, respondió a las críticas realizadas a la explotación minera a cielo abierto. “La mina más grande de oro de la Argentina, Veladero, consume lo que 110 hectáreas de parral en la provincia de San Juan, es decir, el 0,5 por ciento de las disponibilidades hídricas del río Jáchal”, afirmó. “Y la más grande del país, Bajo de la Alumbrera en Catamarca, luego de 14 años en operación, puede constatarse el aumento de las hectáreas cultivadas en Andalgalá, Santa María o Belén”, justificó Capello.

En oposición a estas afirmaciones realizadas, desde el CEDHA sostuvieron que Capello no es una fuente confiable de información de ningún tipo. “Es una persona dogmática que defiende ciegamente y sin criterios científicos serios al sector minero. Afirma por ejemplo que en San Juan no hay minería donde hay glaciares, y que los ambientes periglaciares no aportan agua”, manifestó Taillant.

Todo lo que brilla es oro

Desde el Observatorio Petrolero Sur (OPD) revelaron datos concretos del peligro de no legislar adecuadamente el uso del agua para poblaciones enteras. El proyecto de explotación minera a cielo abierto Pascua-Lama será explotado por la Barrick Gold en territorio argentino y chileno. Esta iniciativa utilizará 17 camiones con cianuro por mes, 370 litros de agua por segundo y detonará 45 mil toneladas de roca por día. Según los especialistas, están en riesgo más de 40 glaciares.

Por otro lado, en la provincia de Catamarca, el Juzgado Nº2 de Tucumán demostró que en la minera La Alumbrera -de capitales suizos y canadienses- se detectaron presencia de cobre en el agua de la cuenca del río Salí-Dulce. El fiscal en jefe de las provincias de Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero, Antonio Gustavo Gómez, confirmó a Marcha que el caso de la minera La Alumbrera es “nuestro expediente más emblemático de contaminación ambiental donde logramos el procesamiento del presidente de la empresa Minera La Alumbrera de 1.700 millones de solares por contaminar el agua”.

De acuerdo a las pruebas, se logró demostrar que en La Alumbrera se consumen y contaminan más de cinco millones de litros de agua por hora. La minera no tiene una sola causa sino cinco causas penales: dos en Tucumán, una en Santiago del Estero, una en Catamarca y una quinta por delitos económicos. El fiscal Gómez denunció que “esto que podría ser leído como un éxito, pero no lo es tanto ya que la corrupción de los jueces federales no nos dejan avanzar al próximo paso que es el juicio oral y público”.

Con un panorama en el que prevalecen el avance de las políticas extractivistas como la megaminería, la ausencia de una legislación que declare como derecho fundamental el acceso universal al agua, y la reciente aprobación de la ley de Hidrocarburos, obliga a instalar en el eje del debate un proyecto alternativo a las economías dependientes de la megaminería como sucede actualmente en la región.

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