Brasil. ABJD denuncia a Bolsonaro por crímenes contra la humanidad en la Corte Penal Internacional

Resumen Latinoamericano, 03 de Abril de 2020

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La ABJD (Asociación Brasileña de Juristas para la Democracia) presentó este jueves (2/4) una representación en la CPI (Corte Penal Internacional) contra el Presidente de la República, Jair Bolsonaro, por la práctica del delito contra humanidad que victimiza a la población brasileña ante la pandemia de la corona

Según la organización, Brasil tiene actualmente un jefe de gobierno y estado cuyas actitudes son total y absolutamente irresponsables. Por esta razón, solicitan a la CPI que establezca un procedimiento para investigar la conducta del presidente y condene a Bolsonaro por el crimen de lesa humanidad por exponer la vida de los ciudadanos brasileños, con acciones concretas que fomentan el contagio y la proliferación del virus, aplicando la sanción correspondiente.

“Por acción u omisión, Bolsonaro pone en riesgo la vida de la población, comete crímenes y merece la acción de la Corte Penal Internacional para proteger la vida de miles de personas”, refuerza el documento presentado por los abogados Ricardo Franco Pinto y Charles Kurmay.
 
Violaciones
 
Los juristas enumeran la serie de acciones que ha tomado el Presidente de la República que minimizan la gravedad de la pandemia y contradicen las recomendaciones de las autoridades sanitarias de todo el mundo, las directrices y recomendaciones de la OMS (Organización Mundial de la Salud) y de todas las naciones que ya han sido o están en el epicentro de la pandemia. Entre ellos se encuentran pronunciamientos que alientan el fin del aislamiento social y la reapertura de escuelas y negocios; lanzamiento de la campaña oficial “Brasil no puede parar”; salir a las calles para participar en manifestaciones y provocar aglomeraciones públicas; y el decreto para abrir iglesias y casas de lotería.
 
“Los delitos cometidos afectan seriamente la salud física y mental de la población brasileña, exponiéndolos a un virus letal para varios segmentos y con una capacidad de proliferación aterradora, como ya se demostró en varios países. Los lugares que descuidaron la política de cuarentena son donde el impacto de la pandemia ha demostrado ser mayor, como en Italia, España y Estados Unidos ”, señala.
 
Crímenes
 
Según ABJD, Bolsonaro está cometiendo el delito de epidemia, según lo previsto en el art. 267, del Código Penal brasileño, y la Ley Nº 8.072 / 1990, que prevé delitos atroces. Además de violar las medidas sanitarias preventivas, según el art. 268, también del Código Penal. Además de violar la Ley N ° 13.979, de 6 de febrero de 2020, que aborda específicamente el surgimiento de Covid-19, y la Ordenanza Interministerial N ° 05, de 17 de marzo de 2020, que determina, en sus arts. 3 y 4, que el incumplimiento de las medidas de aislamiento y cuarentena, así como la resistencia a someterse a exámenes médicos, pruebas de laboratorio y tratamientos médicos específicos, conllevan un castigo basado en los arts. 268 y 330, del Código Penal.
 
“Es precisamente el Presidente de la República quien alienta a las personas a moverse normalmente por las calles, las escuelas y los empleos, y la confusión creada es absurda, ya que él mismo desobedece las propias directrices del gobierno”, agrega.
 
A la luz de esto, los miembros de la Asociación señalan que el Director Ejecutivo desprecia a las mayores autoridades científicas que prescriben una estrategia de guerra para reducir los efectos de la pandemia. “El presidente de Brasil se hace eco de empresarios sin escrúpulos y se niega a adoptar el estándar mundial de confinamiento social, no actúa en la estrategia para aplanar la curva de infección y ayuda en la expansión y el aumento del contagio, lo que inevitablemente causará el colapso del sistema de salud en Brasil ”, dice.
 
Corte penal internacional
 
El Estatuto de Roma (Decreto 4,388 / 2002) rige el desempeño de la CPI (Corte Penal Internacional) y fue incluido en el sistema legal brasileño después de la aprobación del Congreso Nacional. Al adoptar la regla internamente, Brasil comprende que existen crímenes que afectan directamente a miles de personas en todo el mundo y conmocionan profundamente a la humanidad.
 
Art. 27, 1 del Estatuto de Roma, dice que el hecho de que el Jefe de Estado tenga inmunidad no lo exime en caso de responsabilidad penal, ni constituye una razón para reducir la sentencia. La inmunidad derivada del cargo tampoco impide que la CPI ejerza su jurisdicción sobre el Presidente.
 
Brasil no solo firmó y ratificó el estatuto, sino que también incluyó el § 4 del artículo 5 de la Constitución Federal de 1988, reconociendo la sumisión de Brasil a la jurisdicción internacional de la Corte.
 
Por lo tanto, el ABJD declara que no hay dudas sobre la legitimidad y competencia de la CPI para evaluar la Representación. Además, la Asociación muestra que el Fiscal Federal de Brasil ya ha tratado de hacer que el Fiscal General de la República, el único organismo que podría demandar al presidente en el país, impida que Bolsonaro cometa las acciones que pusieron a la población en riesgo ante una pandemia grave, pero la solicitud fue presentada sumariamente.
 
“La internacionalización del tema y una declaración de la CPI son urgentes y necesarios. No podemos admitir lo que ha estado sucediendo en Brasil, es decir, la impunidad total de Jair Bolsonaro, que es el factor principal que aumenta gradualmente la práctica de nuevos delitos “, concluye.

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