BRASIL: “Si se analiza sólo la acción de Lula, el Supremo Tribunal Federal adoptara la justicia de lotería”

Resumen Latinoamericano / 4 de abril de 2018 / Carta Capital

Profesor de la USP Rafael Mafei afirma que las prisiones en segunda instancia se determinan de forma aleatoria por culpa del STF [Supremo Tribunal Federal].

El juicio del habeas corpus del ex presidente Lula, marcado para este miércoles 4 por el STF, es emblemático no sólo por los efectos políticos que provocará en las elecciones de este año – Lula es el primer colocado en las encuestas electorales y quedará fuera de la campaña si es arrestado. También por exponer el carácter ocasional e incierto de los mandos de prisión para los condenados condenados en segunda instancia. La acción movida por los abogados de Lula pide que el ex presidente no sea arrestado tras la condena por el TRF-4.

El profesor Rafael Mafei, de la Facultad de Derecho de la Universidad de São Paulo, afirma que las prisiones en segunda instancia se determinan de forma aleatoria hoy en Brasil por culpa del STF. “El juicio de 2016 no se tiene en cuenta porque se hizo también sobre un hábeas corpus, cuyos efectos sirven sólo para aquel reo específico, sólo la ministra Rosa Weber ha respetado la decisión del pleno”, apunta Mafei.

El profesor evalúa como un error la decisión de la presidenta Carmen Lúcia en no pautar las Acciones Declaratorias de Constitucionalidad, capaces de crear un efecto decisivo sobre todos los juicios que tratan de las prisiones en segunda instancia. “Ella es contraria a la revisión de las penas y no pauta por convicción personal.”

CartaCapital: ¿Por qué el juicio del habeas corpus del ex presidente Lula es relevante para derecho penal brasilero?

Rafael Mafei: La determinación de los efectos de la decisión es la gran cuestión de este juicio. Es decir, si la decisión va a valer sólo para el ex presidente Lula o se valdrá para otros acusados ​​en la misma situación, y es importante tener claro que son muchas personas. En una acción de habeas corpus, los efectos de la acción están restringidos a las partes involucradas. Pero en general el tribunal, viendo el impacto colectivo de esa decisión, juzga de manera amplia para evitar una oleada de acciones y entonces pacificar la cuestión; limitar a ese entendimiento los casos iguales luego de cara. Es decisivo saber si el juicio quedará restringido a un acusado en específico (el Lula) o de las muchas personas que están en la situación de aprovechar eventual cambio de posición del tribunal.

CC: Pero las prisiones tras condenación en segunda instancia -objeto del habeas corpus de Lula- ya fue juzgada por el STF en 2016, no? ¿Por qué la cuestión no está pacificada?
RM: Porque en 2016 la decisión, aunque tomada en plenaria por todos los ministros, fue hecha para un juicio con efectos individuales, como es el caso del habeas corpus. Fue el juicio de un caso específico. En aquel momento, algunos ministros resaltaron su entendimiento personal de que no se debe arrestar a reos cuyo proceso aún no se ha agotado en todas las instancias, alegando justamente que los efectos del juicio no eran vinculantes y obligatorios. Tanto es así que en los tribunales regionales y estatales, así como en el STF, se juzga caso por caso, y se expide la orden de detención o no; el entendimiento de 2016 no está siendo aplicado porque no tiene el efecto, por ejemplo, de una Acción Declatoria de Constitucionalidad (ADC).

CC: ¿Cuál es el impacto de la falta de un juicio definitivo?

RM: Como está hoy, tanto en el STF, como fuera, el derecho de las personas y el destino de ellas dependen de la lotería de la acción. Cayo con tal ministro es de una manera, cayó con aquel ministro es de otra manera. Eso en la justicia penal es muy mal, es la justicia de lotería. En una cuestión tan importante como ésta, evalúo que fue un error de la presidenta Carmen Lúcia no pautar las ADNs y aún dejar para votar esa materia a la sombra del caso del ex presidente.

CC: ¿Usted cree que la presidenta Carmen Lúcia no pautó por presión de parte de la opinión pública que pide la detención de Lula?

RM: Sinceramente no creo que los ministros están tan involucrados con eventuales presiones de la opinión pública. Ellos han tomado decisiones sobre la base de sus convicciones. Y la presidenta siempre estuvo a favor de las prisiones en segunda instancia. Venció en los juicios anteriores y ya dijo que no quiere rediscutir el asunto, pero el hecho es que esa cuestión no fue discutida de la manera correcta.

CC: El ministro Marco Aurelio de Mello ya afirmó en varias ocasiones que si es necesario pedirá la cuestión de orden para que los ministros voten las prisiones en segunda instancia a partir de las ADN. ¿Crees que esto puede acrecentar en el mismo juicio del habeas corpus de Lula?

RM: Los ministros pueden traer la discusión y no es tan inusual. En el juicio del día 22 de abril los ministros decidían si el hábeas corpus del ex presidente debería o no ser juzgado en el plenario. El abogado del reo pidió que se decidiera por una preliminar para que Lula no fuese preso mientras el juicio no ocurría.

Eso fue una cuestión de orden expresamente votada. Cualquiera de los ministros, así como abogado, puede pedir una cuestión de orden para que decida, de una vez por todas, las extensiones del habeas corpus. Sólo así es posible acabar con el carácter al azar y lotería de las decisiones del STF y de los tribunales regionales y estatales.

por Carol Scorce

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