Perú. Fujimori pide ser excluido del caso Pativilca por efecto del derecho de gracia que recibió

Resumen Latinoamericano / 17 de enero de 2018 / Alejandro Castro Backus, La Mula

No pierde el tiempo. La defensa legal del indultado Alberto Fujimori pidió,  a través de un recurso de “extinción de la acción penal”, que se le excluya del proceso en curso que afronta por la matanza de Pativilca, caso por el que la fiscalía solicitó para él 25 años de cárcel.

Miguel Pérez Arroyo, abogado del autócrata, solicitó el pasado 11 de enero a la Sala Penal Nacional que sustraiga a su cliente del juicio por efecto del derecho de gracia que recibió junto con el indulto, informó Correo, y pidió además que se archive del proceso penal, al amparo del artículo 129 de la Constitución Política y en el artículo 78 del Código Penal.

La defensa de Fujimori emplazó además al Colegiado B de la Sala Penal a que se pronuncie sobre su requerimiento antes de la audiencia de control de acusación por el asesinato de seis personas en el distrito de Pativilca, en la provincia de Barranca, en 1992, prevista el próximo 26 de enero.

Ese día, los magistrados del colegiado Miluska Cano (presidenta), Omar Pimentel Otto Verapinto tendrán que decidir si el derecho de gracia que recibió Fujimori es legal y lo eximen del juicio penal; o si, por el contrario, rechazan ese beneficio y ordenan que sea procesado.

“Previamente a la realización de dicha audiencia de control de acusación (pido que) se declare la extinción de la acción penal en contra de mi patrocinado por efecto del derecho de gracia otorgado a su favor a través de la Resolución Suprema N° 281.2017-JUS de fecha 24-12-17”, se lee en el escrito firmado por el abogado Pérez Arroyo.

El objetivo de la defensa del autócrata es neutralizar lo que parece ser un inminente revés judicial, porque, según diversos juristas, el derecho de gracia a Fujimori no se puede aplicar al caso Pativilca, porque el plazo de instrucción del proceso comenzó en junio de 2017, es decir, no llega a los 24 meses que señala la Constitución para que la medida otorgada proceda.

Si el tribunal superior resuelve que el derecho de gracia a Fujimori vulnera el artículo 118 e inciso 21 de la Carta Magna sobre los plazos señalados, lo puede anular y ordenar que el exmandatario siga siendo procesado como autor mediato de homicidio calificado. Incluso, el colegiado podría ordenar que afronte el juicio bajo arresto domiciliario, pese a que la fiscalía solicitó mandato de detención.

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