Uruguay. La política económica del Frente Amplio contra los trabajadores

Resumen Latinoamericano / Antonio Elías, CCTT / 16 de junio de 2017

Cuando un gobierno tiene un desequilibrio en las cuentas públicas que genera un déficit fiscal significativo busca corregir esa situación reduciendo los gastos y/o  aumentando los ingresos. Con ese fin puede realizar un ajuste fiscal explícito: anunciando el conjunto de medidas que se van a tomar y cuantificando los resultados que se pretenden obtener, lo cual en general provoca fuertes resistencias de los afectados. O puede hacerlo en forma encubierta,  porque no se anuncia, no modifican ni crea impuestos, no recortan o eliminan partidas presupuestales y, menos aún, cuantifica su impacto.

En este artículo se presentan algunos mecanismos que los gobiernos del Frente Amplio están utilizando en forma permanente para mejorar las cuentas públicas a través de transferencias de los trabajadores al gobierno. En esta nota describimos tres tipos de medidas: dos de ellas se basan en el uso de la discrecionalidad que otorga la Ley al Poder Ejecutivo (la fijación del valor de las Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) y la estimación de la inflación futura), la tercera es simple y directamente un artilugio para manipular/reducir el valor del Índice de Precios al Consumo en el mes de diciembre (el UTE Premia: descuentos en la última factura del año a aquellos consumidores residenciales que hayan cumplidos con el pago de sus facturas de energía, Nota del Editor CT.).

1.- Cuanto más bajo es el valor de la BPC más alta es  la carga tributaria

El mínimo no imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF; se determina por una tabla se tramos similar al impuestos a la renta de Chile, Nota del Editor CT.) y las franjas que lo componen se fijan de acuerdo al valor de las BPC, las cuales se pueden actualizar anualmente, según estipula la Ley 17.856  mediante tres mecanismos alternativos que resuelve el Poder Ejecutivo en forma discrecional:

  • La variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) del período entre ajustes.
  • La variación del Índice Medio de Salarios (IMS) en el período comprendido entre el penúltimo mes previo a la fecha de vigencia del ajuste anterior y el penúltimo mes previo a la vigencia del nuevo valor.
  • El Poder Ejecutivo podrá modificar la tasa de variación que surja del índice elegido en defecto o en exceso hasta un 20% sobre el porcentaje resultante.

Desde 2008 a la fecha  la BPC se actualiza por el IPC, cuyo valor en el período ha sido mucho menor que el ÍMS. Con esta medida aumenta, año a año, el número de trabadores que son contribuyentes del IRPF y los que ya pagaban tienen que pagar más.

En el cuadro N° 1 se puede observar que si se hubiera actualizado la BPC por el Índice Medio de Salarios su valor actualmente sería de $ 5.101.- y el Mínimo no Imponible del IRPF sería $ 35. 710.- y no $ 25.277.- y en el caso del IASS sería de $ 40.811.- y no los $ 28.888.- actuales. Una diferencia de 41 por ciento que hubiera permitido reducir sustancialmente el impuesto a los salarios de los trabajadores.

Para evitar esta sobrecarga tributaria el IRPF debería actualizarse por la variación anual de la Unidad Reajustable, tal como se hizo para fijar los máximos y mínimo de las prestaciones de la seguridad social – subsidio por enfermedad, desempleo, asignaciones familiares, entre otros – a través de la Ley 19.003 (06/11/2012). 

2.- Estimación de la inflación futura mucho menor al IPC 

Los trabajadores de la Administración Central – y de hecho todos los trabajadores del Sector Público no Financiero – ajustan sus salarios el primero de enero de cada año a partir de una metodología basada en la inflación futura.  Dicha metodología sustituyo los ajustes salariales basados en la inflación pasada – con el argumento de que así se evitaría que la inflación se propague de un año para el otro – y se explicita en el Art. 4 de la Ley de Presupuesto que se presenta a continuación. 

La parte notoriamente discrecional de este artículo es la siguiente: “Los ajustes serán realizados tomando en consideración la meta de inflación fijada por el Comité de Coordinación Macroeconómica para el período de vigencia del aumento (…) En caso que la meta de inflación se establezca en términos de un rango, se tomará en consideración el centro del mismo”.

Luego tiene un correctivo en base a la diferencia que se registró en el IPC del período y el porcentaje de inflación futura.

En el cuadro  N° 2 puede observarse que el centro del rango meta – más allá que éste sea 4-6% o 3-7% – ha sido siempre 5% y que este valor es notoriamente menor que el IPC anual. Lo que demuestra que el ajuste salarial queda determinado, discrecionalmente, por el gobierno a través de una meta de inflación futura absolutamente irreal. La cual por supuesto no está sujeta a ningún tipo de negociación con los trabajadores ni a ningún procedimiento científico para estimarlo.

Para evitar este manejo discrecional se debería sustituir el concepto de “rango meta” para fijar la inflación futura y se deberían tomar criterios estadísticos y económicos que permitan estimar la tendencia.

3.- Manipular el IPC para reducir lo que se paga a los trabajadores públicos.

La situación empeoró en 2012, cuando  el gobierno actuó con medidas políticas “heterodoxas” para que el IPC bajara en el mes de diciembre. Las medidas adoptadas fueron esencialmente dos: la primera, fue en octubre de ese año cuando se le solicitó a los supermercados que congelaran los precios hasta diciembre y que redujesen un 10% los precios de una canasta cercana a 200 productos; la segunda, fue la reducción inesperada de las tarifas de energía eléctrica, con el Plan “UTE Premia” en el mes de diciembre.

La última medida señalada – que se ha mantenido en el tiempo –  es puntual, se aplica el descuento en diciembre y así se logra bajar el valor del IPC que se va a utilizar para determinar el aumento de salarios; en enero se desactiva automáticamente y aumenta fuertemente el IPC. En este caso no hay un uso discrecional del margen de acción que otorga una Ley, lisa y llanamente se inventó un artilugio para reducir el gasto público en remuneraciones, lo que obviamente tuvo consecuencias negativas para todos los trabajadores que actualizan sus salarios en diciembre.

Desde ya señalemos lo obvio, la inflación implica una pérdida de poder adquisitivo para los trabajadores y pasivos, por tanto, las medidas que tome el gobierno para reducirla son compartibles. Este no es el caso, por eso se subraya que es una caída puntual de la inflación y que estos valores no reflejan un proceso de caída del IPC que se pueda sostener en el tiempo.

En el cuadro N° 3, puede observarse un claro efecto rebote desde que se aplica esta medida: el IPC de diciembre es negativo desde 2012 a la fecha y el IPC de enero a partir de 2013 es en promedio 2,3%. 

Cuadro N°3.  Efectos de la manipulación del IPC
Fuente INE.

20111,250,70
20120,74-0,73
20131,90-0,72
20142,44-0,53
20152,22-0,55
20162,45-0,55
20172,60

Lo anteriormente descrito es una “manipulación estadística”, no porque los técnicos del Instituto Nacional de Estadística (INE) que calculan el IPC hayan adulterado los datos y los resultados, sino porque las medidas tomadas por el gobierno “dibujan” la evolución de la inflación provocando que los trabajadores no recuperen los niveles de salario real que les correspondería para mantener su poder adquisitivo. Es importante señalar, además, que está maniobra incide en la reducción del valor de las BPC y, por tanto, en mantener bajo el Mínimo No Imponible del IRPF.

Para terminar con esta maniobra y mantener los beneficios para la población del UTE Premia, bastaría con hacer ese descuento en cualquier otro mes del año. Propuesta de los trabajadores que el gobierno ha rechazado año tras año.

4.- A modo de conclusión

Las medidas señaladas en este artículo constituyen, sin lugar a dudas, perlas de un rosario mucho mayor que demuestran que el salario sigue siendo la principal variable de ajuste de las cuentas públicas, lo que se confirma en está Rendición de Cuentas. En efecto, el Poder Ejecutivo anunció que no habrá mejoras salariales para la Administración Central y la mayoría de los Organismos del Artículo 220 de la Constitución.

Se sostiene que la reducción del déficit fiscal  repercutirá en una mejora  en el nivel de vida de la población. Si eso fuera cierto porque no reducen los enormes subsidios que se entregan al capital a través de las exoneraciones impositivas (leyes de zonas francas y de promoción de inversiones).

Los reclamos de los trabajadores del sector público por aumentar el poder adquisitivo de sus salarios parecen contrarios a las doctrinas económicas  y políticas dominantes.  El marketing político tiene sus especialistas que, además de crear y recrear la imagen de líderes y partidos, inciden fuertemente en lo que es parte de la buena conciencia de una época o de un determinado momento histórico y han marcado a  estos trabajadores como “privilegiados” e “incompetentes”.

Campañas políticas perfectamente diseñadas, pobres en definiciones concretas y colmadas de promesas ambiguas para un futuro incierto alertan sobre los riesgos de bajar la rentabilidad del capital y los impactos negativos del déficit fiscal.  Hora tras hora nos anuncian, los males que sobrevendrán si se otorgan aumentos salariales que atentan contra la estabilidad  macroeconómica.

Se le reclama a los funcionarios públicos que asuman que en el horizonte aparecen nubarrones y, por tanto, acepten que no haya aumentos salariales y que las actualizaciones salariales por inflación se basen en metas de  inflación   futura irrealizables  y en correctivos basados en una inflación pasada que fue alterada con medidas ad-hoc.

Las múltiples confrontaciones  de los trabajadores públicos con los gobiernos de turno por aumentos salariales y la definición de los criterios para actualizar  los salarios, contraponen una visión economicista que hace centro en el monto del déficit fiscal, con la lucha de los trabajadores por mejorar la calidad de vida de sus familias. El discurso del poder respecto al salario de los trabajadores públicos no tiene, prácticamente, fisuras: son una carga que hay que reducir.

El reclamo de reglas claras para determinar los índices de actualización salarial -convergentes con la inflación efectiva- en el gobierno central, y el cumplimiento pleno de  la negociación colectiva entre trabajadores y gobernantes en todos los ámbitos de la administración pública, se inscriben en una concepción de sociedad que jerarquiza el papel de los trabajadores como seres humanos sujeto de necesidades, y no como un gasto que impide cerrar las cuentas.

(*) Master en Economía, Director del Instituto de Estudios Sindicales Universindo Rodríguez (INESUR), miembro de la REDIU; Uruguay.

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