Chile. Ordenan detención de tres condenados prófugos por desaparición de 5 miembros del FPMR en 1987

Resumen Latinoamericano / Resumen.cl / 4 de mayo de 2017

El ministro en visita para causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó órdenes de detención en contra de “el Huiro”, “el Jote” y “el Sandwich”, tres agentes operativos de la CNI que se encuentran en calidad de prófugos. La orden fue emitida luego de dictar el cúmplase y ordenar el ingreso a cumplimientos de los 34 agentes de la Central Nacional de Inteligencia –CNI–, del Batallón de Inteligencia del Ejército –BIE– y del Comando de Aviación del Ejército, por su responsabilidad en los secuestros calificados de cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola, ilícitos perpetrados a partir de septiembre de 1987.

El magistrado notificó de la absolución a  Hugo Barría Rogers y de la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada,  que debe purgar Mario Campos Valladares.

Respecto de los 32 agentes condenados a penas de cumplimiento efectivo, hasta este momento la situación es la siguiente:

Al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco ingresaron 8 condenados.

A módulo especial del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina I ingresaron 13 condenados.

Al Centro de Orientación Femenino ingresó 1 condenada.

Un total de 7 condenados ya se encontraban cumpliendo penas en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco, por los que se les notificó de esta nueva condena.

Este dictamen, además, tiene la característica que, por primera vez, destina a parte de los condenados a cumplir condena en recintos penales comunes, terminando o comenzando a marcar el término del privilegio arbitrario de que gozan los criminales autores de delitos de lesa humanidad de contar con recintos exclusivos y segregados para su uso.

Aún quedan los 3 agentes que se encuentran prófugos y no se han notificado de la condena. Al respecto, se dictaron las órdenes de detención respectiva a la PDI para que los ponga a disposición del magistrado. Los prófugos son el ex oficial de ejército Luis Arturo Sanhueza Ross, alias “el Huiro”, el ex suboficial de la fuerza aérea, Roberto Hernán Rodríguez Manquel, “el Jote”, y el ex suboficial de ejército Juan Carlos Orellana Morales, “el Sandwich”, todos agentes de la división antisubversiva de la CNI.

El Huiro” es un oscuro criminal que se inició bajo las órdenes de Rosauro Martínez Labbé en la Compañía de Comandos N° 8 de Valdivia reprimiendo campesinos y asesinando militantes del MIR en la cordillera valdiviana en 1981 en el marco de operaciones antiguerrilla realizadas por los principales entes represivos de la dictadura. Por los “méritos” criminales demostrados en estas operaciones en la zona montañosa de Panguipulli, “el Huiro” Sanhueza Ross fue promovido a la CNI donde fue encasillado como jefe de equipo en la Brigada Azul, encargada de la represión al MIR. Con los años y su constante participación en hechos criminales, “el Huiro” llegó a ser jefe de la Azul y Jefe de la Brigada Combinada Azul-Verde que perseguía también al FPMR.

El Jote”, es un agente de la fuerza aérea que perteneció a las fuerzas represivas (DINA-CNI) desde fines de 1973 hasta el término de la dictadura. Se mantuvo activo en la Fach hasta el año 2006. Por su parte, “El Sandwich” Orellana Morales perteneció a las huestes represivas desde 1975 en adelante.

Cabe recordar que el 21 de marzo pasado la Corte Suprema condenó a 33 ex agentes de la Central Nacional de Inteligencia –CNI–, del Batallón de Inteligencia del Ejército –BIE– y del Comando de Aviación del Ejército, por su responsabilidad en los secuestros calificados de los cinco militantes del FPMR.

En aquella resolución, la Corte Suprema condenó a los ex oficiales de ejército y jerarcas de la CNI: Hugo Iván Salas Wenzel y Álvaro Federico Julio Corbalán Castilla a penas de 15 años de presidio, en calidad de autores de los secuestros calificados.

En tanto, el ex oficial de carabineros Iván Raúl Belarmino Quiroz Ruiz, y los agentes Gonzalo Fernando Maas del Valle, Raúl del Carmen Durán Martínez, Luis Alberto Santibáñez Aguilera, Víctor Eulogio Ruiz Godoy, Juan Alejandro Jorquera Abarzúa, Hernán Antonio Vásquez Villegas, Sergio Agustín Mateluna Pino, José Arturo Fuentes Pastenes, Juan Carlos Orellana Morales, Roberto Hernán Rodríguez Manquel, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, José Guillermo Salas Fuentes, Heraldo Velozo Gallegos, Marco Antonio Pincheira Ubilla, Jorge Raimundo Ahumada Molina, José Miguel Morales Morales, Ema Verónica Ceballos Núñez, Patricio Leonidas González Cortés, César Luis Acuña Luengo y René Armando Valdovinos Morales, todos ellos agentes de la ex CNI, deberán purgar 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores de los cinco delitos.

Además, los ex CNI Luis Arturo Sanhueza Ross, Manuel Ángel Morales Acevedo y Manuel Rigoberto Ramírez Montoya deberán cumplir pena de 5 años y un día de presidio, como autores de los secuestros calificados.

Los ex oficiales del Comando de Aviación: Aquiles Navarrete Izarnótegui, el oficial del BIE Julio Cerda Carrasco y Hugo Aquiles Prado Contreras y los ex oficiales CNI Fernando Rafael Mauricio Rojas Tapia, Marco Antonio Bustos Carrasco, y Rodrigo Pérez Martínez fueron condenados a penas de 5 años y un día de presidio, en calidad de cómplices de los delitos. En tanto, el ex oficial Víctor Mario Campos Valladares, del Comando de Aviación, debe purgar 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada.

Finalmente, el agente Hugo Barría Rogers fue absuelto de los cargos.

Arrojados al mar

En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita Mario Carroza logró establecer que las cinco víctimas fueron secuestradas por agentes del Estado en represalia por el secuestro del coronel de Ejército Carlos Carreño, y hechas desaparecer en un operativo conjunto entre la CNI, el Batallón de Inteligencia del Ejército (BIE) y el Comando de Aviación del Ejército, arrojando sus restos al mar en las costa de Quintay.

“Con ocasión del secuestro del Coronel del Ejército Carlos Carreño Barrera, acaecido en Santiago el 1 de septiembre de 1987, funcionarios de la Central Nacional de Informaciones participaron en un operativo planificado previamente con el propósito de vigilar y seguir a determinadas personas.

Entre el 9 y 10 de septiembre del mismo año recibieron instrucciones de detener, sin orden judicial, a cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, elegidos de entre los archivos institucionales, para eventualmente canjearlos por dicho oficial. Actuaron mediante equipos organizados y concertados por un mando general, comunicándose mediante claves para ocultar sus autorías y evitar ser descubiertos por terceros.

Las personas retenidas fueron interrogadas y mantenidas ocultas bajo custodia en el cuartel Borgoño de la referida entidad, sin intención alguna de ponerlas a disposición de la judicatura respectiva.

Durante el período que permanecieron en el Cuartel Borgoño, equipos operativos comandados por oficiales y efectivos del Batallón de Inteligencia del Ejército, unidad perteneciente a la Dirección Nacional de Inteligencia del Ejército, comisionados para participar en la investigación destinada al esclarecimiento del secuestro del Coronel Carreño, establecieron una coordinación oficial con la Central Nacional de Informaciones, permitiendo que algunos de sus agentes frecuentaran y permanecieran por varios días en dependencias inmediatas de los calabozos, con pleno conocimiento de que en dichas instalaciones se mantenía a personas recluidas prolongadamente en forma ilícita, y obtener con ello informaciones de inteligencia.

Antes de la liberación del Coronel Carreño en Brasil y no siendo posible efectuar un canje, se decide por estos organismos de seguridad la eliminación de los detenidos y, para ello, organizan un operativo que permite sacar los 5 cuerpos como bultos del recinto en que se encontraban privados de libertad, al parecer sin vida o previamente drogados, y fueron transportados en un helicóptero del Comando de Aviación del Ejército desde el Fuerte Peldehue hasta las costas de Quintay, donde finalmente se arrojaron sus cuerpos al mar atados a durmientes.

De lo anterior no puede sino concluirse, por la envergadura de la operación, en la cual hubo distintas etapas, como la detención, reclusión posterior en el cuartel Borgoño, el interrogatorio a que fueron sometidos, la búsqueda de durmientes, la petición de un helicóptero y posteriormente el traslado de los cuerpos a las costas de Quintay a fin de arrojarlos al mar, que en tales operaciones no solo participaron agentes que conformaban la CNI, sino también miembros del Batallón de Inteligencia perteneciente a la Dirección de Inteligencia del Ejército y del Comando de Aviación de la misma institución, operativos que la línea de mando militar de las organizaciones aludidas no pudieron desconocer ni dejar de controlar, toda vez que se trata de una institución con poder jerarquizado, en la cual existe una línea vertical y directa de mando.

Por lo mismo resulta del todo razonable pensar, por las informaciones recopiladas en la causa, que estos cuerpos correspondan a las personas secuestradas, las cuales al haber sido lanzadas al mar no fueron ubicados ni identificados”, detalla el fallo del máximo tribunal.

 

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