Cipayadas argentinas: El Gobierno cambió la Ley de Tierras y facilita la compra a extranjeros

Política Argentina / 1 julio 2016.- El Presidente dio marcha atrás con las restricciones para la venta de campos que impuso el kirchnerismo en diciembre de 2011. Eliminó los controles de la UIF y la AFIP y quitó sanciones y privatizó la función de control en manos de los propios terratenientes


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El Gobierno modificó ayer por decreto la Ley de Tierras Rurales y volvió más laxas las restricciones para la venta de campos a extranjeros que impuso el kirchnerismo en diciembre de 2011.

Según señala Sebastián Premici la ley que puso límite a la tenencia de tierras por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras que fue votada por la Cámara de Diputados el 16 de diciembre de2012, y convertida en ley por el Senado el 22 de diciembre de ese año se vió modificada por un decreto del Ejecutivo.

La mayoría de los votos en contra que había tenido la resolución kirchnerista provenieron de la UCR, mientras que el PRO estuvo ausente. En ese entonces al actual ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile, en justificación de su voto negativo dijo: “Entiendo que se trata de un proyecto de ley absolutamente xenófobo. Lo es porque a priori supone que cualquier argentino es mejor que cualquier extranjero. Cada uno de nosotros provenimos de algún lugar del mundo, porque la Argentina es un crisol de razas. Lo que yo no quiero es juzgar o crear categorías sospechosas”.

Ayer el Gobierno nacional modificó la reglamentación de la ley 26.737, que ya había sido reglamentada a través del decreto 274/2012 y una de las trasformaciones más polémicas que se efectuaron es que “se eliminan multas y sanciones para aquellos profesionales intervinientes en las operaciones  de compraventa comprendidas en la ley o que obstruyan las tareas de fiscalización”, señala Premici.

Además  la nueva reglamentación supone que todos los “hombres de negocios” que actúen en una transacción comercial que implique compra venta de tierras, no son plausibles de ser sancionados.

Por otro lado los dueños de los campos deberán sólo comunicar cualquier modificación de la titularidad de los campos al Registro Nacional de Tierras. “En otras palabras, el macrismo levantó los controles en un área extremadamente sensible”, expresa el periodista.

También se eliminan los controles de la AFIP y la UIF.

De todos modos hay un punto que es aún más complejo y es respecto a las modificaciones en la parte en que la norma prohibía que se venda a extranjeros tierras que comprendieran dentro de su extensión recursos naturales vitales para el país, como lagos, ríos, lagunas, etc.  “Acá es donde la nueva reglamentación presenta una gran trampa”, indica Premici.

En este sentido explica que el Consejo Hídrico Federal debe confeccionar un mapa identificando los cuerpos de agua, ubicados en cada provincia. Si ese mapa no está realizado, la solicitud de los certificados ante el Registro de Tierras será acompañada de una Certificación emitida por un profesional idóneo.

Sin embargo el Registro girará a la autoridad provincial del agua correspondiente que integra el COHIFE, una nota formal con copia de la carátula del expediente, la certificación referida y un mapa con la georeferenciación”.

Por su parte la autoridad provincial tiene 10 días hábiles para resolver la habilitación, si paso ese período sin ninguna respuesta la certificación es válida. Entonces “en vez de establecer una denegación tácita transcurrido dicho plazo, una funcionaria de la Ciudad de Buenos Aires, Cristina Bruneti, tendrá la potestad de autorizar una compraventa que incluya un río, por ejemplo, si pasan nada más que diez días sin que el registro provincial se expida”, explicó el periodista.

Principales puntos:

1) Se considera titular extranjero a quien sea titular de “más del 51 por ciento del capital social de una persona jurídica”. Esto cambia la norma kirchnerista ya que establecía como extranjero a quien sea titular de “un porcentaje superior al veinticinco por ciento”.

2) Presiona a las provincias para que en los próximos 30 días definan los límites de las hectáreas que se pueden adquirir en cada distrito, mientras que la anterior ley establecía reparos respecto a que los titulares extranjeros no pueden adquirir más de 1000 hectáreas cada uno, o su equivalente en la zona núcleo, que es la más productiva, y está delimitada en el norte bonaerense, el sudeste de Córdoba y el sur de Santa Fe.

3) No habrá restricciones para aquellas tierras que se encuentren en “Zona Industrial”, “Área Industrial” o “Parque Industrial”

4) Las zonas industriales no tendrán límite del 15 por ciento del territorio nacional, provincial o municipal; ni las 1000 hectáreas en zona núcleo, ni estarán afectados por el artículo que sostiene que “en ningún caso” personas físicas o jurídicas “de una misma nacionalidad extranjera, podrán superar el treinta por ciento


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