Escrache en Uruguay en protesta por prisión domiciliaria concedida al genocida Gavazzo

Resumen Latinoamericano / 29 de Dic. 2015.- Escrache en Uruguay en protesta por prisión domiciliaria concedida a Gavazzo

Cientos de personas participaron este pasado lunes en una concentración en Montevideo frente a la casa del exmilitar uruguayo José Gavazzo, condenado por crímenes durante la dictadura de este país (1973-1985), en protesta por la prisión domiciliaria que le concedió el Poder Judicial de Uruguay.

El juez Martín Gesto otorgó la semana pasada la prisión domiciliaria a Gavazzo, en prisión desde 2006 por crímenes de lesa humanidad, basándose en tres informes médicos.

“Consideramos que el artículo que decretó el juez no se aplica para esta persona por ser crímenes de Estado. Es un terrorista de Estado que mató gente, niños, que robó”, dijo a Efe Irma Leyte, portavoz de la agrupación ciudadana convocante del escrache, Plenaria, Memoria y Justicia.

Los manifestantes estuvieron concentrados frente a la residencia de Gavazzo durante aproximadamente una hora y media, leyendo algunos de los crímenes por los que fue sentenciado y cantando consignas.

Leyte no escondió que el acto tenía la firme intención de “cuestionar a la justicia” uruguaya.

Además, anunció que la agrupación seguirá realizando acciones “contra la impunidad”, ya que a su juicio los jueces uruguayos “están amparando a terroristas”.

“Los jueces y el Estado aprovechan estas fechas para atentar contra la memoria de los desaparecidos”, sostuvo la portavoz.

Gavazzo también es uno de los 16 uruguayos imputados en el juicio del Plan Cóndor, un operativo que coordinó la represión política en varias dictaduras suramericanas, que se desarrolla en Italia contra 33 exmilitares por la desaparición de una veintena de italianos en Latinoamérica durante el mismo.

La Justicia uruguaya aprobó la extradición de Gavazzo a Argentina para ser juzgado en este país debido al secuestro en Buenos Aires de un bebé, de apenas 20 días, en 1976 tras la detención por parte de militares argentinos y uruguayos de la madre del neonato y militante del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP), Sara Méndez.

No obstante, antes de la extradición, Gavazzo debe cumplir en Uruguay una sentencia superior a los 20 años.

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José Gavazzo se retira, luego de ser procesado, del juzgado de la calle Misiones. Foto: Fernando Morán (archivo, noviembre de 2006

No hay como el hogar

Gavazzo y Ramas a prisión domiciliaria a pesar de pronunciamiento del fiscal de Corte; hoy habrá escrache.

El 24 de diciembre, el juez penal de Ejecución de 1º Turno, Martín Gesto Ramos, concedió la prisión domiciliaria a los militares José Nino Gavazzo y Ernesto Ramas, ambos condenados como autores responsables de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravado, en reiteración real, cometidos durante la dictadura. Además, Gavazzo fue condenado como coautor de los asesinatos del maestro Julio Castro y de María Claudia García de Gelman. Y en 1995 fue procesado por el delito de extorsión, luego de haber amenazado a una pareja de imprenteros para que terminaran un trabajo de falsificación de billetes por el que se les pagó con cheques robados.

Los dos militares cumplían su condena en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas debido a su estado de salud; antes habían estado en la cárcel de Domingo Arena.

Según declaraciones a Montevideo Portal del vocero del Poder Judicial, Raúl Oxandabarat, el juez concedió la prisión domiciliaria “por estrictas razones humanitarias, tomando en cuenta el estado de salud de las personas”. El vocero dijo que hubo “un criterio coincidente” entre un informe de la Cruz Roja sobre la situación de las personas privadas de libertad en el establecimiento de Domingo Arena, una pericia “aportada por los propios interesados” que realizó el ex médico forense Guido Berro y otra pericia realizada por una junta médica conformada por tres médicos forenses del Instituto Técnico Forense del Poder Judicial. “Los tres informes son coincidentes en cuanto a la justificación de la prisión domiciliaria, y no habiendo ninguna discrepancia, el juez acepta estos argumentos y termina concediéndola”, explicó Oxandabarat. Gavazzo porta una tobillera electrónica para asegurar su control, pero Ramas no, porque su residencia es en Piriápolis y el dispositivo no tiene alcance hasta esa localidad.

El lunes 22 el fiscal de Corte, Jorge Díaz, se había pronunciado en contra del pedido de prisión domiciliaria para ambos militares, argumentando que “no surgen de autos informes periciales que aconsejen el beneficio peticionado”. Según Búsqueda, Díaz informó que no tuvo acceso al informe de la Cruz Roja que recomienda la prisión domiciliaria y que “tales extremos determinan la inviabilidad de un pronunciamiento respecto al planteo formulado, teniendo presente que el fiscal tiene la obligación de motivar sus dictámenes, debiendo contar para ello con los elementos que den fundamento a los mismos”. “Los documentos de Cruz Roja son reservados y hay que tratarlos en los ámbitos adonde la organización los deriva”, había explicado el ministro del Interior, Eduardo Bonomi, para evitar contestar una pregunta sobre el documento en octubre de 2014. En ese mes, el entonces presidente José Mujica había enviado una carta a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) pidiendo que se estudiara la posibilidad de otorgar la prisión domiciliaria a cinco de los presos de Domingo Arena, basándose en la recomendación de la Cruz Roja.

La sin razón

El integrante de la Comisión de Derechos Humanos del PIT-CNT Raúl Olivera escribió una columna (ladiaria.com.uy/AFTs) en la que señala que si bien el artículo 9º de la Ley de Humanización del Sistema Carcelario “estableció en su momento que el juez podía disponer la prisión domiciliaria a mayores de 70 años”, esa posibilidad no es aplicable “cuando el reo cometió homicidio con circunstancias agravantes o previstos en la Ley 17.510 (Estatuto de Roma), que establece, entre otros, los delitos de lesa humanidad”. Olivera además expresó que “estos dos reos, que por razones de la sin razón aún detentan el grado y los privilegios de su rango militar, en el mismo momento en que salían para sus domicilios continuaban cometiendo el delito de desaparición”. “Puede ser discutible jurídicamente que a la hora de tipificar un delito los jueces procesen o condenen a desaparecedores como homicidas, ignorando que la víctima continúa desaparecida. Lo que escapa a la razón -atributo para ser ecuánimes-, es que quienes saben y no dicen, por ejemplo, el destino cierto de los desaparecidos, se beneficien de supuestos gestos ‘humanitarios’”, agregó.

Hoy a las 18.00 se realizará un escrache frente al domicilio de Gavazzo, en Libertad y Francisco Soca, en protesta por la decisión.

LA DIARIA

 

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